Texto extraído de la publicación oficial en SUNAFIL. El documento original es la única versión con valor legal.
Página 1 de 2
Resolución de Superintendencia
N° 000195 -2026-SUNAFIL
Lima, 09 de Setiembre de 2026
VISTOS:
El Memorándum N° 216-2026-SUNAFIL/SP, de Superintendencia; el Informe N° 168-2026-
SUNAFIL/GG/ORH/UFAP y el Memorándum N° 2945-2026-SUNAFIL/GG/ORH, ambos de la
Oficina de Recursos Humanos; el Informe N° 543-2026-SUNAFIL/GG-OAJ, de la Oficina de
Asesoría Jurídica, todos de fecha 09 de setiembre de 2026, demás antecedentes; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29981, se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización
Laboral - SUNAFIL, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del
ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como de brindar
asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas
materias;
Que, encontrándose vacante el cargo de Asesor de Superintendencia de la
Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, corresponde designar a la
persona que asumirá dicho cargo;
Con el visado del Gerente General, de la Jefa de la Oficina de Recursos Humanos y
del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de funcionarios públicos, y el Reglamento de Organización y
Funciones de la SUNAFIL, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2022-TR y por la Resolución
de Superintendencia N° 284-2022-SUNAFIL.
SE RESUELVE:
Artículo 1. – Designar, a partir del 09 de setiembre de 2026, a la señora TERESA DEL CARMEN
PALLETE HERRERA, en el puesto de Asesora de Superintendencia de la Superintendencia
Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, cargo considerado de confianza.
Artículo 2.- Notificar la presente resolución a la persona mencionada en el artículo
precedente, así como a la Oficina de Recursos Humanos, para las acciones correspondientes.
Página 2 de 2
Artículo 3.- Notificar a la Unidad Funcional de Integridad Institucional, a efectos de que realice
el seguimiento del cumplimiento de suscripción de las Declaraciones Juradas de Intereses en
la oportunidad y en los plazos correspondientes.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”
y en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL
(www.gob.pe/sunafil).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
___________________________________________________________________________________
La impresión de este ejemplar es una copia auténtica de un documento electrónico archivado en la SUNAFIL, aplicando lo dispuesto
por el Art. 25 del D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S 026-2016-PCM. Su autenticidad e
integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección
web http://aplicativosweb5.sunafil.gob.pe/si.verificacionFirmaDigital/ e ingresando la siguiente clave: 5051300195449
Documento firmado digitalmente
EVELIN MIRELLA COLOMA CIEZA
SUPERINTENDENTE
Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral
SUNAFIL