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Resolución de Gerencia General
N° 205-2026-SUNAFIL-GG
Lima, 09 de setiembre de 2026
VISTOS:
El Informe N° 317-2026-SUNAFIL/GG/OPP, de fecha 03 de septiembre de 2026, de la Oficina
de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 532-2026-SUNAFIL/GG/OAJ, de fecha 04 de
septiembre de 2026, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 29981 se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización
Laboral - SUNAFIL, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Trabajo
y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento
del ordenamiento jurídico socio laboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como de
brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre
dichas materias;
Que, el Decreto Legislativo N° 1440, que aprueba el nuevo marco normativo del
Sistema Nacional de Presupuesto Público, derogó expresamente la Ley N° 28411, Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto. No obstante, su Octava Disposición
Complementaria Final establece que todas las referencias legales o administrativas hechas
a la Ley N° 28411, deben entenderse realizadas al Decreto Legislativo N° 1440, en la
disposición correspondiente. A su vez, la Novena Disposición Complementaria Final precisa
que la entrada en vigencia de esta norma se produjo el 1 de enero de 2019, salvo ciertos
artículos cuya aplicación será progresiva, según lo determine la Dirección General de
Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, conforme a la Primera Disposición Complementaria Transitoria del
mencionado decreto legislativo, mientras no se implementen los artículos sujetos a entrada
en vigencia progresiva, continuarán aplicándose los preceptos de la Ley N° 28411. Ello
garantiza la continuidad normativa y funcional del sistema presupuestario durante el
periodo de transición al nuevo marco legal;
Que, al respecto, el numeral 1.8 del artículo 1 de la Resolución Directoral N° 001-
2019-EF/50.01, dispone la entrada en vigencia de los artículos establecidos en la Novena
Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1440, estableciéndose que el
artículo 47, referido a las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional y
Programático, entra en vigencia a partir del 01 de enero de 2021;
Que, mediante el artículo 4 de la Resolución Directoral N° 0022-2025-EF/50.01, se
modifica, entre otros, el numeral 1.8 del artículo 1 de la Resolución Directoral N° 001-2019-
EF/50.01, disponiéndose que el artículo 47 del Decreto Legislativo N° 1440, entra en vigencia
a partir del 01 de enero de 2029;
Firmado digitalmente por :
LLALLIHUAMAN ANTUNEZ Agripino
Teodoro FAU 20555195444 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 10.09.2026 17:39:00-0500
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Que, en ese sentido, y en tanto se implemente el artículo 47 del Decreto Legislativo
N° 1440, mantiene su vigencia el artículo 40 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto, en virtud de lo establecido en la Primera Disposición
Complementaria Transitoria del referido Decreto Legislativo;
Que, estando a lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Transitoria
del Decreto Legislativo N° 1440, es pertinente remitirnos al artículo 40 de la Ley N° 28411,
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, que dispone que las modificaciones
presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante resolución del
Titular, quien puede delegar dicha facultad, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de
la que haga sus veces en la Entidad, mediante disposición expresa que debe ser publicada
en el diario oficial El Peruano;
Que, según el acápite 1.2.1 del numeral 1.2, del artículo 1 de la Resolución de
Superintendencia N° 005-2026-SUNAFIL, publicada en el diario oficial El Peruano el 08 de
enero de 2026, se delega en el Gerente General, para el Año Fiscal 2026, la facultad en
materia presupuestaria de aprobar y/o formalizar las modificaciones presupuestales en el
Nivel Funcional Programático del Pliego 121: Superintendencia Nacional de Fiscalización
Laboral - SUNAFIL, a que se refiere el artículo 40 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto, previo informe técnico de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto;
Que, por su parte, el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo
del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la Oficina de Presupuesto o la
que haga sus veces es responsable de conducir el Proceso Presupuestario de la Entidad,
sujetándose a las disposiciones que emita la Dirección General de Presupuesto Público, para
cuyo efecto, organiza, consolida, verifica y presenta la información que se genere en sus
respectivas unidades ejecutoras y en sus centros de costos, así como coordina y controla la
información de ejecución de ingresos y gastos autorizados en los Presupuestos y sus
modificaciones, los que constituyen el marco límite de los créditos presupuestarios
aprobados;
Que, a través del artículo 1 de la Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01, se
aprueba la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, así
como los Modelos, las Fichas y los Lineamientos; asimismo, el artículo 1 de la Resolución
Directoral N° 0021-2025-EF/50.01, aprueba el Cuadro de Plazos de la Fase de Ejecución
Presupuestaria para el Año Fiscal 2026, correspondiente a los pliegos del Gobierno Nacional,
de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales, estableciéndose que el plazo de
aprobación de las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático dentro
de la Unidad Ejecutora, realizadas en el mes de agosto, deberán aprobarse hasta el 10 de
septiembre de 2026;
Que, el literal b) del numeral 24.1 del artículo 24 de la Directiva N° 0001-2024-
EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, establece que las modificaciones
presupuestarias en el nivel funcional programático, efectuadas en el mes respectivo, se
formalizan por resolución del Titular del pliego en los plazos señalados en el respectivo
Cuadro de Plazos, detallando la Sección, Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Producto
y/o Proyecto según corresponda, Actividad, Fuente de Financiamiento, Categoría del Gasto
y Genérica del Gasto;
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Que, mediante el Informe N° 317-2026-SUNAFIL/GG/OPP, la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto señala que las modificaciones presupuestarias en el Nivel
Funcional Programático, remitidas por las unidades de organización de la SUNAFIL,
permitieron asegurar el cumplimiento de las metas físicas programadas en el mes de agosto
del Año Fiscal 2026, las cuales fueron aprobadas en el Módulo de Proceso Presupuestario
del SIAF-SP, siendo que en el marco de lo dispuesto por el artículo 24 de la citada Directiva
N° 0001-2024-EF/50.01, solicita formalizar las modificaciones presupuestarias en el Nivel
Funcional Programático que se sustenta en las Notas para Modificación Presupuestaria N°s.
0000000904; 0000000905; 0000000906; 0000000907; 0000000908; 0000000909;
0000000910; 0000000911; 0000000912; 0000000913; 0000000914; 0000000915;
0000000916; 0000000917; 0000000918; 0000000919; 0000000920; 0000000921;
0000000922; 0000000924; 0000000925; 0000000926; 0000000927; 0000000928;
0000000929; 0000000930; 0000000931; 0000000932; 0000000933; 0000000934;
0000000935; 0000000936; 0000000939; 0000000940; 0000000943; 0000000945;
0000000947; 0000000950; 0000000952; 0000000953; 0000000955; 0000000964;
0000000965; 0000000966; 0000000967; 0000000969; 0000000970; 0000000971;
0000000972; 0000000973; 0000000974; 0000000976; 0000000977; 0000000980;
0000000983; 0000000984; 0000000986; 0000000988; 0000000994; 0000000996;
0000000999; 0000001004; 0000001006; 0000001007; 0000001011; 0000001012;
0000001013; 0000001014; 0000001015; 0000001016; 0000001017; 0000001018;
0000001019; 0000001020; 0000001022; 0000001024; 0000001025; 0000001026;
0000001027; 0000001030; 0000001031; 0000001032; 0000001034; 0000001035;
0000001036; 0000001037; 0000001038; 0000001040; 0000001041; 0000001043;
0000001044; 0000001045; 0000001046; 0000001047; 0000001049; 0000001051;
0000001052; 0000001053; 0000001054; 0000001055; 0000001056; 0000001057;
0000001060; hasta por un monto total de S/ 2,196,833., realizadas en el citado mes;
Que, a través del informe de vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica emitió opinión
legal favorable para formalizar las modificaciones presupuestarias efectuadas en el Nivel
Funcional Programático de la Unidad Ejecutora 001-1510: Superintendencia Nacional de
Fiscalización Laboral - SUNAFIL, correspondiente al mes de agosto del Año Fiscal 2026, en
función de lo solicitado y sustentado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; por lo
que, resulta necesario emitir la presente resolución;
Con el visado del Jefe (e) de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y del Jefe de la Oficina
de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del
Sistema Nacional de Presupuesto Público; el numeral 40.2 del artículo 40 de la Ley N° 28411,
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01
“Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada mediante Resolución Directoral N°
0009-2024-EF/50.01; y, la Resolución de Superintendencia N° 005-2026-SUNAFIL, sobre
delegación de facultades y atribuciones en determinados funcionarios de la SUNAFIL para el
Año Fiscal 2026;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Formalizar las modificaciones presupuestarias efectuadas en el Nivel Funcional
Programático de la Unidad Ejecutora 001-1510: Superintendencia Nacional de Fiscalización
Laboral - SUNAFIL, correspondiente al mes de agosto del Año Fiscal 2026, conforme al Anexo
que forma parte integrante de la presente resolución, el mismo que contiene las “Notas para
la Modificación Presupuestaria”.
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Artículo 2.- Presentar copia fedateada de la presente resolución a la Dirección General de
Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, dentro de los cinco (05) días
calendario siguientes a su aprobación.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital de la
Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL (www.gob.pe/sunafil)
Regístrese y comuníquese.
______________________________________________________________________________________
La impresión de este ejemplar es una copia auténtica de un documento electrónico archivado en la SUNAFIL, aplicando lo dispuesto por
el Art. 25 del D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad
pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web http://aplicativosweb5.sunafil.gob.pe/si.verificacionFirmaDigital/ e
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Documento firmado digitalmente
AGRIPINO TEODORO LLALLIHUAMÁN ANTÚNEZ
GERENTE GENERAL
Dirección General de Presupuesto Público - DGPP
Versión: 260202
Fecha: 03/09/2026
Hora: 10:35:33
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PROCESO PRESUPUESTARIO DEL AÑO 2026
ANEXO DE RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES PRESUPUESTALES
MES DE AGOSTO
(EN SOLES)
SECTOR: 12 - TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEOPLIEGO: 121 - SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION LABORAL (001510)UNIDAD EJECUTORA: 001 - SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION LABORAL - SUNAFIL (001510) RESOLUCIÓN: RGG N° _______-2026
CATEGORÍA PRESUPUESTAL PROGRAMA PRESUPUESTAL PRODUCTO / PROYECTO ACTIVIDADES
FF / Rubro
NAT. GASTO
CG TT GG
MODIFICACIONES
CRÉDITOS ANULACIONES
PROGRAMAS PRESUPUESTALES CON ENFOQUE A RESULTADOS
0103 FORTALECIMIENTO DE LAS CONDICIONES LABORALES
3000001 ACCIONES COMUNES
5000276 GESTION DEL PROGRAMA
1.00 RECURSOS ORDINARIOS 5 2 1 21,707 01.00 RECURSOS ORDINARIOS 5 2 3 823,554 01.00 RECURSOS ORDINARIOS 5 2 5 0 779,705
3000572 INSTITUCIONES FISCALIZADAS SEGUN LA NORMATIVA LABORAL
5004301 INSPECCIONES DE FISCALIZACION DE LA NORMATIVA LABORAL
1.00 RECURSOS ORDINARIOS 5 2 1 218,707 01.00 RECURSOS ORDINARIOS 5 2 3 98,026 01.00 RECURSOS ORDINARIOS 5 2 5 0 67,630
5005591 PROCESO SANCIONATORIO Y MULTA POR INCUMPLIMIENTO
1.00 RECURSOS ORDINARIOS 5 2 1 0 74,2421.00 RECURSOS ORDINARIOS 5 2 3 39,000 0
3000635 PERSONAS CUENTAN CON ORIENTACION Y ASISTENCIA TECNICA EN MATERIA DE NORMATIVIDAD LABORAL Y BUENAS PRACTICASLABORALES
5004945 ORIENTACION Y DIFUSION DE LA NORMATIVIDAD LABORAL
1.00 RECURSOS ORDINARIOS 5 2 3 44,080 01.00 RECURSOS ORDINARIOS 5 2 5 0 50,633
5005589 CAPACITACION Y DIFUSION DE LA NORMATIVA LABORAL A TRAVES DE MEDIOS DE DIFUSION MASIVA
1.00 RECURSOS ORDINARIOS 5 2 1 8,700 01.00 RECURSOS ORDINARIOS 5 2 3 50,140 0
ACCIONES CENTRALES
5000001 PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO
1.00 RECURSOS ORDINARIOS 5 2 1 0 18,6551.00 RECURSOS ORDINARIOS 5 2 3 503,973 01.00 RECURSOS ORDINARIOS 5 2 5 0 884,695
5000002 CONDUCCION Y ORIENTACION SUPERIOR
1.00 RECURSOS ORDINARIOS 5 2 1 16,525 01.00 RECURSOS ORDINARIOS 5 2 3 0 1,232
5000003 GESTION ADMINISTRATIVA
1.00 RECURSOS ORDINARIOS 5 2 1 0 320,0091.00 RECURSOS ORDINARIOS 5 2 3 198,476 01.00 RECURSOS ORDINARIOS 5 2 5 17,678 0
5000004 ASESORAMIENTO TECNICO Y JURIDICO
1.00 RECURSOS ORDINARIOS 5 2 1 3,642 01.00 RECURSOS ORDINARIOS 5 2 3 4,000 0
205
Dirección General de Presupuesto Público - DGPP
Versión: 260202
Fecha: 03/09/2026
Hora: 10:35:33
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PROCESO PRESUPUESTARIO DEL AÑO 2026
ANEXO DE RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES PRESUPUESTALES
MES DE AGOSTO
(EN SOLES)
SECTOR: 12 - TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEOPLIEGO: 121 - SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION LABORAL (001510)UNIDAD EJECUTORA: 001 - SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION LABORAL - SUNAFIL (001510) RESOLUCIÓN: RGG N° _______-2026
CATEGORÍA PRESUPUESTAL PROGRAMA PRESUPUESTAL PRODUCTO / PROYECTO ACTIVIDADES
FF / Rubro
NAT. GASTO
CG TT GG
MODIFICACIONES
CRÉDITOS ANULACIONES
5000005 GESTION DE RECURSOS HUMANOS
1.00 RECURSOS ORDINARIOS 5 2 1 141,208 0
5000006 ACCIONES DE CONTROL Y AUDITORIA
1.00 RECURSOS ORDINARIOS 5 2 1 37 01.00 RECURSOS ORDINARIOS 5 2 3 5,000 0
5000007 DEFENSA JUDICIAL DEL ESTADO
1.00 RECURSOS ORDINARIOS 5 2 1 2,380 01.00 RECURSOS ORDINARIOS 5 2 3 0 32
TOTAL RUBRO: 00 RECURSOS ORDINARIOS 2,196,833 2,196,833TOTAL FUENTE: 1 RECURSOS ORDINARIOS 2,196,833 2,196,833
TOTAL RESOLUCIÓN: 2,196,833 2,196,833
V°B° TITULAR
PLIEGO
PERSONA DELEGADA
FIRMA DEL JEFE
OF. DE PRESUPUESTO PLANIFICACIÓN
DEL PLIEGO
205