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Ministerio Público acepta renuncia de fiscal adjunto provisional en Áncash

RESOLUCIÓN 2372-2026-MP-FN · El Peruano · 13 de agosto de 2026

Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash y dictan otras disposiciones

Resumen

Se acepta la renuncia del abogado Richer Alexander Rosas Sánchez como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash, con eficacia desde 3 de junio de 2026. Se deja sin efecto su designación en la Fiscalía Provincial Penal de Sihuas.

A quién impacta

El abogado debe efectuar entrega de cargo conforme a Directiva General Nº 007-2002-MP-FN. Junta Nacional de Justicia y Oficina General de Potencial Humano deben notificarse y gestionar reserva de plaza en SIGA.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 11 de agosto de 2026
VISTOS:
El oficio Nº 000013-2026-MP-FN-PJFP-ANCASH, de fecha 9 de junio de 2026, los oficios Nºs. 002168 y 002673-2026-MP-FN-PJFSANCASH, de fechas 10 de junio y 16 de julio de 2026, respectivamente, e informe Nº 0113-2026-MP-FN-OREF-EBRV, de fecha 31 de julio de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Mediante los oficios de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash y Presidencia de la Junta de Fiscales Provinciales del Distrito Fiscal de Áncash, remiten el escrito de declinación y carta de renuncia, presentados en fechas 2 de junio y 14 de julio de 2026, respectivamente, del abogado Richer Alexander Rosas Sánchez, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash, designado en la Fiscalía Provincial Penal de Sihuas, quien declina a su designación y renuncia al cargo por motivos estrictamente personales y familiares.
En la carta de renuncia, el citado abogado solicita que la misma se haga efectiva a partir del 2 de junio de 2026 y precisa no contar con el visto bueno de su jefe inmediato, toda vez que a razón de su declinación comunica no haber asumido funciones en la Fiscalía Provincial Penal de Sihuas, ante lo cual la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash otorga conformidad.
Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2310-2018-MP-FN, de fecha 6 de julio de 2018, se resolvió, entre otros, nombrar al abogado Richer Alexander Rosas Sánchez, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash, con reserva de su plaza de origen; vigencia sujeta a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Posteriormente, con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1540-2026-MP-FN, de fecha 29 de mayo de 2026, se dispuso designarlo en la Fiscalía Provincial Penal de Sihuas.
El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fiscal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien este facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).
El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, a través del informe Nº 000624-2021-MP-FN-OGASEJ, señala que conforme a lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley Nº 30483 - Ley de la Carrera Fiscal y, lo señalado en la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, así como los artículos 183 y 185 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el cargo de fiscal termina, entre otros, con la renuncia desde que ésta es aceptada, encontrándose el empleador facultado de aceptarla desde la fecha en la que fue formalmente presentada o dentro de los 30 días siguientes, siendo esta decisión una facultad discrecional del empleador. En igual sentido, el Tribunal de Servicio Civil, en el fundamento 36 de la Resolución Nº 01524-2016-SERVIR/ TSC-Primera Sala, de fecha 18 de agosto de 2016, ha señalado que “(…) el acto de renuncia no puede ser formulado con efecto retroactivo, es decir presentarla con fecha posterior a la fecha en que empezará a surtir efecto (…)”.
En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado, resulta pertinente aceptar la declinación del abogado Richer Alexander Rosas Sánchez a su designación, en consecuencia dejar sin efecto el artículo tercero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1540-2026-MP-FN, de fecha 29 de mayo de 2026; asimismo, considerando lo señalado en los informes Nºs. 000624-2021-MP-FN-OGASEJ y 0113-2026-MP-FN-OREF-EBRV, resulta necesario emitir el resolutivo que acepte la renuncia del citado abogado a su cargo, con eficacia anticipada, a partir del 3 de junio de 2026, ello teniendo en consideración que el primer documento fue presentado en fecha 2 de junio de 2026, y por lo tanto se considerará como último día de labores.
De conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto el artículo tercero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1540-2026-MP-FN, de fecha 29 de mayo de 2026, mediante el cual se designó al abogado Richer Alexander Rosas Sánchez, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash, en la Fiscalía Provincial Penal de Sihuas, quedando subsistente lo demás que la contiene.
Artículo Segundo.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Richer Alexander Rosas Sánchez, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2310-2018-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 6 de julio de 2018 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; con eficacia anticipada, a partir del 3 de junio de 2026.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al abogado Richer Alexander Rosas Sánchez que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Cuarto.- Disponer que la Oficina General de Potencial Humano y/o Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal respectivo, de ser el caso, realice la gestión correspondiente en relación al abogado Richer Alexander Rosas Sánchez, quien se encuentra con reserva de su plaza como personal administrativo registrado en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA).
Artículo Quinto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Oficina de Imagen Institucional y al abogado mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Tomás Aladino Gálvez Villegas
Fiscal de la Nación
2542333-1

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