Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 077-2026-PE/OSIPTEL
Resolución 077-2026-PE/OSIPTEL · OSIPTEL
OSIPTEL publica la Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 077-2026-PE/OSIPTEL. El título no detalla su contenido.
Resolución 258-2026-GG/OSIPTEL · OSIPTEL · OSIPTEL · 17 de septiembre de 2026
Resolución de Gerencia General N.° 258-2026-GG/OSIPTEL
Del 18 al 30 de setiembre de 2026, la Directora de la Oficina de Administración y Finanzas asume también las funciones de la Oficina de Recursos Humanos, cuya titular debe reincorporarse al día hábil siguiente.
Administrados y empresas operadoras: solo informarse; la medida no tiene efectos sobre ellos.
Fuente oficial: texto completo en OSIPTEL
Texto extraído de la publicación oficial en OSIPTEL. El documento original es la única versión con valor legal.
1 | 2 Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de Reglamento la Ley N°27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, y sus modificatorias. La integridad del documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en: https:\\apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml OBJETO LICENCIA SIN GOCE DE HABER Y ENCARGO DE FUNCIONES DE DIRECTORA DE LA OFICINA DE RECURSOS HUMANOS VISTO: El Informe N° 000200-2026-ORH/OSIPTEL de fecha 17 de septiembre de 2026, de la Oficina de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, mediante Memorando N° 007735-2026-ORH/OSIPTEL, la Directora de la Oficina de Recursos Humanos solicitó licencia sin goce de haber por motivos personales por el período comprendido del 18 al 30 de septiembre de 2026, ambas fechas inclusive, proponiendo asimismo el encargo temporal de las funciones de dicha Oficina a favor de la señora Jhuly Luna Olmos De Reátegui; Que, mediante Proveído N° 007493-2026-GG/OSIPTEL, de fecha 8 de septiembre de 2026, la Gerencia General manifestó su conformidad con la referida solicitud; Que, el artículo 26 del Reglamento Interno de Servidores Civiles del OSIPTEL, aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 00015-2024-PE/OSIPTEL, establece que la licencia constituye la autorización para que el servidor deje de asistir al centro de trabajo por uno o más días, pudiendo ser con o sin goce de remuneraciones; contemplándose entre sus modalidades la licencia sin goce de remuneraciones por motivos personales; Que, los artículos 27, 28 y 29 del citado Reglamento disponen que la licencia sin goce de remuneraciones se encuentra sujeta a las necesidades del servicio y a la autorización de la autoridad competente; precisando, además, que las licencias de los Directores son autorizadas por la Gerencia General y que estas se hacen efectivas una vez formalmente autorizadas; Que, el artículo 81 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, regula el desplazamiento de personal como un acto administrativo mediante el cual un servidor civil pasa a desempeñar temporalmente diferentes funciones, teniendo en consideración las necesidades del servicio civil, incluyendo el encargo de funciones; Que, el artículo 265 del Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, establece que el encargo es una modalidad de desplazamiento temporal y excepcional que requiere el consentimiento previo del servidor y se sustenta en las necesidades institucionales; 2 | 2 Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de Reglamento la Ley N°27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, y sus modificatorias. La integridad del documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en: https:\\apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml Que, asimismo, el artículo 268 del referido Reglamento dispone que el encargo de funciones procede, entre otros supuestos, por ausencia temporal del titular del puesto a consecuencia de licencias, vacaciones, destaques o comisiones de servicio; Que, el Informe del Visto concluye que corresponde formalizar la licencia sin goce de haber solicitada por la Directora de la Oficina de Recursos Humanos por el período comprendido del 18 al 30 de septiembre de 2026 y, a fin de garantizar la continuidad de la gestión institucional, encargar temporalmente las funciones de dicho cargo a la señora Jhuly Luna Olmos De Reátegui, Directora de la Oficina de Administración y Finanzas, quien se encuentra incorporada al régimen de la Ley del Servicio Civil y ha manifestado su conformidad para asumir dichas funciones; Que, resulta necesario asegurar el normal funcionamiento de la Oficina de Recursos Humanos durante el período de ausencia temporal de su titular; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 38 y 39 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del OSIPTEL, aprobado por el Decreto Supremo N° 160-2020-PCM y las disposiciones contenidas en la Ley N° 30057 Ley del Servicio Civil y en su Reglamento General; SE RESUELVE: Artículo 1°.- CONCEDER licencia sin goce de haber a la señora Evelin Rosario Camacho Lagomarcino De Benitez, por el periodo comprendido del 18 al 30 de setiembre de 2026, debiendo reincorporarse al día hábil siguiente de concluida la licencia otorgada. Artículo 2°.- ENCARGAR las funciones de Directora de la Oficina de Recursos Humanos del OSIPTEL a la señora Jhuly Luna Olmos De Reátegui, por el periodo comprendido del 18 al 30 de setiembre de 2026, en adición a sus funciones como Directora de la Oficina de Administración y Finanzas. Artículo 3°.- NOTIFICAR la presente resolución a la señora Evelin Rosario Camacho Lagomarcino De Benitez, a la señora Jhuly Luna Olmos De Reátegui, a la Presidencia Ejecutiva, a la Oficina de Asesoría Jurídica, a la Oficina de Administración y Finanzas y a la Oficina de Tecnologías de la Información. Asimismo, deberá incorporarse copia de la presente resolución en el legajo personal de ambas servidoras. Artículo 4°. – Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital del OSIPTEL (www.gob.pe/osiptel). Regístrese y comuníquese, SERGIO ENRIQUE CIFUENTES CASTAÑEDA GERENTE GENERAL GERENCIA GENERAL
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Resolución 077-2026-PE/OSIPTEL · OSIPTEL
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José Zegarra Romero asume el cargo a partir del 21 de septiembre de 2026, en adición a sus funciones en Asesoría Jurídica; Roberto Baca Merino lo ejerce hasta el 20 de septiembre.
Resolución 089-2026-TA/OSIPTEL · OSIPTEL
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Resolución 00114-2026-OEFA/GEG · OEFA
Deja sin efecto la designación de Karen Santos Castro, por causal de abstención del artículo 88 del TUO de la LPAG; la nueva suplente conocerá el deslinde derivado de la denuncia del 24 de julio de 2026.