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Consejo Ejecutivo del Poder Judicial incorpora Primera Sala Laboral del Callao al Programa Presupuestal 0099

RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 000115-2026-CE-PJ · CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL · El Peruano · 23 de abril de 2026

Disponen la incorporación de la Primera Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia del Callao, que atiende en exclusividad la Nueva Ley Procesal del Trabajo, al ámbito de acción del Programa Presupuestal 0099: “Celeridad de los procesos judiciales laborales”

Resumen

Incorpora la Primera Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia del Callao al Programa Presupuestal 0099 de Celeridad de Procesos Judiciales Laborales. Rige a partir del 1 de mayo de 2026.

A quién impacta

Corte Superior del Callao, Gerencia General y Responsable Técnica del Programa: coordinar asignación de recursos de infraestructura, capacitación e implementación tecnológica antes del 1 de mayo de 2026.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Consejo Ejecutivo
Lima, 21 de abril del 2026
VISTO:
El Oficio N° 000010-2026-P-PP0099-PJ cursado por el señor Carlos Alberto Zavaleta, Consejero Responsable del Programa Presupuestal 0099: “Celeridad de los procesos judiciales laborales”.
CONSIDERANDO:
Primero. El señor Consejero Responsable del Programa Presupuestal 0099: “Celeridad de los procesos judiciales laborales”, eleva a este órgano de gobierno el Informe N° 0036-2026-PP0099-PJ, elaborado por el equipo del mencionado programa, mediante el cual se solicita la incorporación de la 1° Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia del Callao al ámbito de acción del Programa Presupuestal 0099, con la debida evaluación técnica correspondiente, así como se informa de las opiniones técnicas favorable de la Oficia de Productividad Judicial y la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto de la Gerencia General del Poder Judicial.
Segundo. En el referido informe técnico se destaca que el proceso de incorporación al mencionado programa presupuestal de los Módulos Corporativos Laborales de las Cortes Superiores de Justicia que vienen atendiendo en exclusividad la Nueva Ley Procesal del Trabajo que se encuentra directamente vinculado con el Plan Estratégico Institucional del Poder Judicial, para el cumplimiento de sus objetivos y acciones estratégicas, particularmente en lo referido a la resolución célere de los procesos judiciales en beneficio de los justiciables, reconociendo la importancia de los Programas Presupuestales, como herramientas claves para alcanzar resultados específicos en beneficio de la ciudadanía.
Tercero. De acuerdo a lo informado, la Primera Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia del Callao cumple con todos los criterios para su incorporación al mencionado programa presupuestal, al verificarse: (i) competencia exclusiva en materia de Nueva Ley Procesal del Trabajo a partir del 1 de mayo de 2025 (Resolución Administrativa N° 000147-2025-CE-PJ); (ii) su carácter permanente y especialización en dicha subespecialidad; y (iii) un desempeño jurisdiccional eficiente, evidenciado en su capacidad de atención y contribución a la reducción de la carga procesal laboral.
Cuarto. Asimismo el informe técnico indica que la inclusión de la 1° Sala Laboral Permanente el Callao al ámbito de acción del Programa Presupuestal 0099: i) no implicará la desatención de los órganos que componen el Módulo Corporativo Laboral, y, ii) no debe representar un desfinanciamiento de otros órganos de la Corte Superior de Justicia de Callao; contrario sensu, su incorporación representa un beneficio y oportunidad para fortalecer: a) infraestructura, b) capacitación a jueces y servidores; y, c) implementar soluciones tecnológicas en aras de reducir la carga procesal.
Quinto. De conformidad al artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley orgánica del Poder Judicial que determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funciones con celeridad y eficiencia.
En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 400-2026 de la décima octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 15 de abril de 2026, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer a partir del 1 de mayo de 2026, la incorporación de la Primera Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia del Callao que atiende en exclusividad la Nueva Ley Procesal del Trabajo, al ámbito de acción del Programa Presupuestal 0099: “Celeridad de los procesos judiciales laborales”.
Artículo Segundo.- Disponer que la Corte Superior de Justicia del Callao y la Gerencia General del Poder Judicial, efectúen las coordinaciones pertinentes con la Responsable Técnica del Programa Presupuestal 0099: “Celeridad de los Procesos Judiciales Laborales”, para el adecuado y oportuno cumplimiento de la presente resolución.
Artículo Tercero.- Notificar la presente resolución a la Presidenta del Poder Judicial, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Responsable Técnica del Programa Presupuestal 0099: Celeridad de los Procesos Judiciales Laborales”, Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JANET TELLO GILARDI
Presidenta
Consejo Ejecutivo
2508593-1

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