Establecen disposiciones relativas a la incorporación de profesionales en el “Registro Distrital de Abogados Calificados”
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA 000282-2026-CE-PJ · Consejo Ejecutivo RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA
RESOLUCIÓN D000164-2026-MIDAGRI-SERFOR-DE · El Peruano · 13 de agosto de 2026
Disponen la prepublicación de la Resolución de Dirección Ejecutiva que modifica los “Lineamientos para la Inscripción de Plantaciones en el Registro Nacional de Plantaciones Forestales y su Actualización”, aprobados por Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000050-2025-MIDAGRI-SERFOR-DE, así como sus Anexos
Prepublica modificaciones a los Lineamientos para Inscripción de Plantaciones en el Registro Nacional de Plantaciones Forestales. Recibe comentarios por quince días calendario desde la publicación en El Peruano.
Interesados en plantaciones forestales: enviar comentarios al SERFOR durante los quince días calendario de consulta pública, mediante formato anexo.
Fuente oficial: texto completo en El Peruano
Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.
Magdalena del Mar, 11 de agosto del 2026 VISTOS: El Informe Técnico N° D000147-2026-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR, emitido por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; el Memorando N° D000514-2026-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; y el Informe Legal N° D000366-2026-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el artículo 14 de la citada Ley establece como una de las funciones del SERFOR, el emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre; Que, el artículo 113 de la Ley en mención, establece que las plantaciones en tierras privadas o comunales se inscriben en el Registro Nacional de Plantaciones Forestales mediante un procedimiento simple, gratuito y automático; Que, el artículo 94 del Reglamento para la Gestión de las Plantaciones Forestales y los Sistemas Agroforestales, aprobado mediante Decreto Supremo N° 020-2015-MINAGRI, establece que toda plantación establecida en tierras de dominio público o de propiedad privada, debe inscribirse en el Registro Nacional de Plantaciones Forestales; Que, el artículo 89 del Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Comunidades Campesinas, aprobado con Decreto Supremo N° 021-2015-MINAGRI, señala que las plantaciones forestales en tierras de comunidades campesinas y comunidades nativas se inscriben en el Registro Nacional de Plantaciones Forestales, a solicitud de las comunidades campesinas y comunidades nativas; Que, el 06 de marzo de 2025, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000050-2025-MIDAGRI-SERFOR-DE, el SERFOR aprobó los “Lineamientos para la Inscripción de Plantaciones en el Registro Nacional de Plantaciones Forestales y su Actualización” y sus Anexos; Que, mediante el Memorando N° D000514-2026-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS, la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre manifiesta su conformidad al Informe Técnico N° D000147-2026-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR de la Dirección de Política y Regulación, que sustenta la modificación de los “Lineamientos para la Inscripción de Plantaciones en el Registro Nacional de Plantaciones Forestales y su Actualización” y sus Anexos, aprobados por Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000050-2025-MIDAGRI-SERFOR-DE; Que, por su parte, la Oficina General de Asesoría Jurídica mediante el Informe Legal N° D000366-2026-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGAJ, concluye que la propuesta de modificación de los “Lineamientos para la Inscripción de Plantaciones en el Registro Nacional de Plantaciones Forestales y su Actualización” y sus Anexos, aprobados por Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000050-2025-MIDAGRI-SERFOR-DE, es concordante con lo previsto en la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Reglamento para la Gestión de Plantaciones Forestales y los Sistemas Agroforestales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 020-2015-MINAGRI; el Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Comunidades Campesinas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2015-MINAGRI; el Decreto Legislativo N° 1283, que establece medidas de simplificación administrativa en los trámites previstos en la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y modifica artículos de esta ley; y con el TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, estando a lo propuesto por la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, y en el marco de lo previsto en el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente viable expedir la Resolución de Dirección Ejecutiva que disponga la prepublicación de la modificación propuesta, a fin de continuar con el trámite para su aprobación; Que, conforme a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento para la Gestión Forestal aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, la Dirección Ejecutiva del SERFOR es la máxima autoridad ejecutiva institucional; asimismo, las normas expedidas por el SERFOR, son aprobadas por dicha instancia mediante Resolución de Dirección Ejecutiva; Con el visado del Director General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y sus Reglamentos, así como el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, modificado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la prepublicación de la Resolución de Dirección Ejecutiva que modifica los “Lineamientos para la Inscripción de Plantaciones en el Registro Nacional de Plantaciones Forestales y su Actualización”, aprobados por Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000050-2025-MIDAGRI-SERFOR-DE, así como sus Anexos, por un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, a efectos de recibir los comentarios y/o aportes de las personas interesadas. Artículo 2.- Los comentarios y/o aportes a la propuesta de modificación de los “Lineamientos para la Inscripción de Plantaciones en el Registro Nacional de Plantaciones Forestales y su Actualización” y de sus Anexos deben enviarse de acuerdo al formato que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución a la sede central del SERFOR o a sus Administraciones Técnicas Forestales y de Fauna Silvestre o a la dirección electrónica serforpropone@serfor.gob.pe. Artículo 3.- Encargar a la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, recibir, procesar y sistematizar los comentarios y/o aportes que se presenten en el marco de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer la notificación de la presente Resolución a la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, para la acción prevista en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; así como la publicación de dicho acto resolutivo, el documento mencionado en el Artículo 1 y de los Anexos, en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR https://www.gob.pe/serfor. Regístrese, comuníquese y publíquese. DESIDERIO ERASMO OTAROLA ACEVEDO Director Ejecutivo Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR 2542512-1
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