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MINEM aprueba a Engie Transmisión Perú como empresa calificada del régimen de IGV anticipado

RESOLUCIÓN MINISTERIAL 386-2026-MINEM/DM · El Peruano · 16 de septiembre de 2026

Aprueban como empresa calificada para efecto de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, a la empresa ENGIE TRANSMISIÓN PERÚ S.A. para el desarrollo del proyecto “Enlace 220 kV Aguaytía - Pucallpa, Subestaciones, Líneas y Ampliaciones Asociadas (Proyecto ITC)”

Resumen

Fija un compromiso de inversión de US$ 58 550 259,00 sin IGV para el Enlace 220 kV Aguaytía-Pucallpa, a ejecutarse hasta el 17 de abril de 2029, con beneficio para adquisiciones desde el 04 de abril de 2025.

A quién impacta

Engie Transmisión Perú: puede recuperar anticipadamente el IGV de adquisiciones e importaciones del Anexo II usadas directamente en el Proyecto ITC, efectuadas desde el 04 de abril de 2025.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 14 de setiembre de 2026
VISTOS: La solicitud de acogimiento al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas para el desarrollo del proyecto “Enlace 220 kV Aguaytía - Pucallpa, Subestaciones, Líneas y Ampliaciones Asociadas (Proyecto ITC)”, presentada por la empresa ENGIE TRANSMISIÓN PERÚ S.A.; el Informe N° 451-2026-MINEM/DGE-DCE, de la Dirección General de Electricidad; el Informe N° 1233-2026-MINEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme al numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, las personas naturales o jurídicas que realizan inversiones en cualquier sector de la actividad económica que genera renta de tercera categoría, pueden acogerse al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas - IGV (en adelante, Régimen Especial);
Que, conforme al artículo 2 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF, concordado con los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 973, mediante Resolución Ministerial se precisa, entre otros aspectos, la cobertura del Régimen Especial;
Que, con fecha 04 de abril de 2025, la empresa ENGIE TRANSMISIÓN PERÚ S.A. presentó ante la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, una solicitud para acceder al Régimen Especial en el desarrollo del proyecto “Enlace 220 kV Aguaytía - Pucallpa, Subestaciones, Líneas y Ampliaciones Asociadas (Proyecto ITC)” (en adelante, PROYECTO);
Que, de acuerdo con lo establecido en el segundo párrafo del literal a) del numeral 4.4 del artículo 4 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, mediante el Oficio N° 00199-2025/PROINVERSIÓN/DSI/SSI con Registro N° 3986348, de fecha 13 de mayo de 2025, PROINVERSIÓN remitió el expediente al Ministerio de Energía y Minas, conjuntamente con el Informe Técnico-Legal N° 00012-2025/DSI de fecha 14 de abril de 2025; el Informe Técnico N° 00035-2025-DSI/SSI y el Informe Legal N° 00034-2025/DSI/SSI, ambos de fecha 09 de mayo de 2025; a través de los cuales, concluye que es admisible y procedente la solicitud presentada por la empresa ENGIE TRANSMISIÓN PERÚ S.A. para acceder al Régimen Especial, al haber cumplido con los requisitos establecidos en el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973;
Que, mediante el Oficio N° 5211-2025-EF/13.01 con Registro N° 4187666, de fecha 22 de diciembre de 2025, la Secretaría General del Ministerio de Economía y Finanzas remitió al Ministerio de Energía y Minas el Informe N° 0067-2025-EF/61.03 de fecha 04 de diciembre de 2025, el cual adjunta como anexo la “Lista de Bienes, Servicios y Contratos de Construcción”, relacionados con el PROYECTO, con los ajustes en la redacción de las partidas inicialmente propuestas por la empresa ENGIE TRANSMISIÓN PERÚ S.A.; y concluye que la misma coincide y se encuentra comprendida dentro de los códigos señalados en los Anexos 1 y 2 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973 y que son susceptibles de acogimiento al Régimen Especial;
Que, mediante Oficio N° 0429-2026-MINEM-DGE, notificado el 02 de marzo de 2026 la Dirección General de Electricidad solicitó a la empresa ENGIE TRANSMISIÓN PERÚ S.A. remitir a PROINVERSIÓN un nuevo “Cronograma de Ejecución de Inversiones”, que contenga solo los Bienes, Servicios y Contratos de Construcción indicados en la lista, excepto los rubros N° 26 y N° 28 de la Lista de Servicios, denominados “Servicios de capacitación técnica para pobladores de las localidades beneficiarias del proyecto” y “Servicios de programas sociales con stakeholders en el marco de los planes de relacionamiento comunitario del proyecto, debido a que no están directamente relacionados con la ejecución del proyecto”; conforme el numeral 4.6 del artículo 4 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2007-EF;
Que, mediante Carta N° 002-ETP-2026, de fecha 23 de marzo del 2026, la empresa ENGIE TRANSMISIÓN PERÚ S.A. atendió las observaciones formuladas por la Dirección General de Electricidad y presentó a PROINVERSIÓN un cronograma de ejecución de inversiones actualizado, contemplando el retiro de los servicios detallados en el párrafo precedente;
Que, mediante Oficio N° 00108-2026/PROINVERSIÓN/DSI/SSI con Registro N° 4275743 de fecha 20 de abril de 2026, PROINVERSIÓN remite el Informe Técnico N° 00026-2026/DSI/SSI y el Informe Legal N° 00022-2026/DSI/SSI, ambos de fecha 17 de abril de 2026, en los cuales concluye que ENGIE TRANSMISIÓN PERÚ S.A., al modificar su Cronograma de Ejecución de Inversiones, continúa cumpliendo con las condiciones establecidas en el Decreto Legislativo N° 973 y su Reglamento;
Con los vistos de la Dirección General de Electricidad, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Despacho Viceministerial de Electricidad;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de empresa calificada
Aprobar como empresa calificada para efecto de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, a la empresa ENGIE TRANSMISIÓN PERÚ S.A. para el desarrollo del proyecto “Enlace 220 kV Aguaytía - Pucallpa, Subestaciones, Líneas y Ampliaciones Asociadas (Proyecto ITC)”.
Artículo 2.- Requisitos y características del compromiso de inversión
2.1 Establecer, de conformidad con el “Cronograma de Ejecución de Inversiones” que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, para efecto del numeral 5.2 del artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF, que el monto del compromiso de inversión a cargo de la empresa ENGIE TRANSMISIÓN PERÚ S.A. por el proyecto “Enlace 220 kV Aguaytía - Pucallpa, Subestaciones, Líneas y Ampliaciones Asociadas (Proyecto ITC)”, asciende a la suma de US$ 58 550 259,00 (Cincuenta y Ocho Millones Quinientos Cincuenta Mil Doscientos Cincuenta y Nueve y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), sin incluir el Impuesto General a las Ventas.
2.2 El compromiso de inversión será ejecutado en un plazo total de cuatro (04) años y trece (13) días, contados desde el 04 de abril de 2025, fecha de presentación de la solicitud de acogimiento al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, hasta el 17 de abril de 2029. El periodo de pruebas, se desarrollará del 19 de marzo de 2029 hasta el 17 de abril de 2029.
Artículo 3.- Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas
3.1 El Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, a que se refiere el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, comprende el impuesto que grave las importaciones y/o adquisiciones locales de bienes de capital nuevos, bienes intermedios nuevos, servicios y contratos de construcción que se señalan en el Anexo II, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, siempre que se utilicen directamente en la ejecución del compromiso de inversión del proyecto “Enlace 220 kV Aguaytía - Pucallpa, Subestaciones, Líneas y Ampliaciones Asociadas (Proyecto ITC)”.
3.2 Para determinar el beneficio antes indicado se consideran adquisiciones de bienes, servicios y contratos de construcción que se hubieran efectuado a partir del 04 de abril de 2025, y hasta la percepción de los ingresos por las operaciones productivas del citado proyecto.
3.3 La lista de bienes, servicios y contratos de construcción se incluye como Anexo II y forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, siendo susceptible de modificación a solicitud de la empresa ENGIE TRANSMISIÓN PERÚ S.A., de conformidad con lo estipulado en el numeral 6.1 del artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2007-EF, o la norma que lo reemplace.
Artículo 4.- Publicación
La presente Resolución Ministerial y sus anexos se publican en el diario oficial El Peruano y en la sede digital del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles contados a partir de la fecha de su expedición.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUILLERMO SHINNO HUAMANÍ
Ministro de Energía y Minas
ANEXO I
CRONOGRAMA DE INVERSIONES
Empresa: ENGIE TRANSMISIÓN PERU S.A.
Proyecto: Enlace 220 KV Aguaytía-Pucallpa, Subestaciones, Líneas y Ampliaciones Asociadas (Proyecto ITC)
(Moneda en dólares americanos, sin IGV)
TOTAL US$
SERVICIOS DE GESTIÓN Y ELABORACIÓN DE INSTRUMENTOS AMBIENTALES, OBTENCIÓN DEL CIRA Y DE SERVIDUMBRES, ASÍ COMO GESTION Y ELABORACION DE ESTUDIOS TÉCNICOS NECESARIOS PARA OBTENCION DE PERMISOS Y LICENCIAS
914,715
Servicios de gestión y elaboración del estudio de impacto ambiental
735,000
Servicios de elaboración y gestión de estudios técnicos para la obtención de permisos y licencias para la construcción del proyecto
150,909
Servicios de gestión para la obtención del Certificado de Inexistencias de Restos Arqueológicos (CIRA)
26,030
Servicios de gestión para la obtención del Plan de Monitoreo Arqueológico (PMA)
2,776
INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN
40,097,280
Contrato de instalación de señales para centro de control y operación remota para el proyecto
155,000
Contrato de procura y construcción de la línea de transmisión eléctrica
21,006,064
Contrato EPC para la construcción de la subestación eléctrica
18,936,216
EQUIPOS ADQUIRIDOS DIRECTAMENTE
8,899,885
Conductores
2,290,381
Fibras Ópticas
193,326
Estructuras de Acero
3,307,067
Transformadores y Reactor
2,418,790
Máquinas
680,321
Contenedor de Repuestos
10,000
SERVICIOS GENERALES
8,470,555
Servicios de ingeniería destinados a la elaboración de los Estudios de Pre Operatividad (EPO) y operatividad del proyecto
54,998
Servicio de elaboración de estudios de riesgos de seguros
30,000
Servicio de inspección técnica de los equipos y materiales del proyecto
104,998
Servicio de carga y descarga de bienes y equipos
90,613
Servicio de ingeniería de detalle de la línea de Transmisión
1,262,411
Servicio de supervisión de la ingeniería y construcción del proyecto
2,620,747
Servicio de diseño del programa de seguridad
29,075
Servicios de supervisión y monitoreo arqueológico
160,663
Servicio de monitoreo ambiental
204,678
Servicio de identificación de servicios ecosistémicos
27,911
Servicio de reforestación
263,058
Servicios de ambulancia terrestre y aérea
174,412
Servicios de gestión para la obtención de servidumbres
1,701,235
Servicios de gestión para la obtención de derechos de paso y tránsito
203,973
Servicios notariales
405,536
Servicios de comunicación y publicidad para el proyecto
25,000
Servicio de transporte marítimo y de cabotaje
691,225
Servicios de agente de aduanas
56,841
Servicios de emisión de garantías y cartas fianza
129,282
Servicio de transporte de equipos por carretera
139,900
Servicio de supervisión de montaje de equipos principales
93,999
SERVICIOS DE SEGUROS
167,824
Servicios de Seguros
167,824
Inversión total del proyecto (sin IGV)
58,550,259
Fecha de inicio
Periodo de Pruebas (Operación Experimental): Las pruebas del Proyecto previas a la puesta en operación comercial (POC) tomarán 30 días calendario y se llevarán a cabo desde el 19/03/2029 hasta el 17/04/2029.
19/03/2029
Puesta en Operación Comercial (POC)
18/04/2029
18/03/2025
Abr-25
May-25
Jun-25
Jul-25
Ago-25
Set-25
Oct-25
Nov-25
Dic-25
Mes 1
Mes 2
Mes 3
Mes 4
Mes 5
Mes 6
Mes 7
Mes 8
Mes 9
Mes 10
0
81,482
13,015
81,309
0
0
147,000
0
0
147,000
0
73,500
0
73,500
0
0
147,000
0
0
147,000
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
5,206
13,015
7,809
0
0
0
0
0
0
0
2,776
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
307,147
0
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307,147
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245,790
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0
0
0
0
388,738
93,840
300,440
688,571
237,209
305,330
449,774
59,037
59,037
0
0
0
0
0
0
5,000
0
0
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0
0
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0
0
126,241
0
189,362
441,843
126,241
189,362
0
0
0
0
56,404
26,326
26,253
31,833
26,143
26,143
44,187
26,143
26,143
0
0
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0
0
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0
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0
0
0
0
149,816
67,514
84,825
164,618
84,825
84,825
259,949
32,894
32,894
0
0
0
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0
0
44,254
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0
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0
0
20,277
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0
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0
0
0
0
0
0
470,220
106,855
381,749
995,718
237,209
452,330
449,774
304,827
206,037
Fecha de Fin
17/04/2029
2026
Ene-26
Feb-26
Mar-26
Abr-26
May-26
Jun-26
Jul-26
Ago-26
Set-26
Oct-26
Nov-26
Dic-26
Mes 11
Mes 12
Mes 13
Mes 14
Mes 15
Mes 16
Mes 17
Mes 18
Mes 19
Mes 20
Mes 21
Mes 22
35,001
0
147,000
35,000
0
73,500
30,000
0
0
0
0
0
0
0
147,000
0
0
73,500
0
0
0
0
0
0
35,001
0
0
35,000
0
0
30,000
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0
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0
298,784
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0
0
422,654
59,185
214,939
417,694
38,077
23,182
255,796
23,182
29,691
31,332
31,260
31,260
7,500
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0
0
12,500
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189,362
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0
0
0
0
0
0
0
44,187
26,291
23,065
41,108
23,065
20,670
32,739
20,670
27,179
27,179
28,748
28,748
0
0
0
0
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0
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0
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0
0
0
0
225,329
32,894
2,512
194,948
2,512
2,512
117,973
2,512
2,512
2,512
2,512
2,512
44,254
0
0
44,254
0
0
44,254
0
0
0
0
0
101,384
0
0
101,384
0
0
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0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
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2029
Ene-29
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Mes 48
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544,345
544,345
ANEXO II
Item
CUODE
Subpartida Arancelaria
Descripción Completa
533
PRODUCTOS MINEROS ELABORADOS
1
533
8544 60 90 00
CONDUCTORES ELECTRICOS PARA UNA TENSION SUPERIOR A 1000 V, EXCEPTO DE COBRE
2
533
8536 70 00 00
CONECTORES DE FIBRAS ÓPTICAS, HACES O CABLES DE FIBRAS ÓPTICAS
613
MATERIALES DE CONSTRUCCION ELABORADOS
3
613
7308 20 00 00
TORRES Y CASTILLETES DE FUNDICION, HIERRO O ACERO
4
613
7308 90 90 00
CONSTRUCCIONES Y SUS PARTES DE FUNDICIÓN, HIERRO O ACERO, EXCEPTO LAS CHAPAS, BARRAS, PERFILES, TUBOS Y SIMILARES PREPARADOS PARA LA CONSTRUCCIÓN, COMPUERTAS DE EXCLUSAS Y LAS DE LAS SUBPARTIDAS 7308.10 A 7308.40
810
MÁQUINAS Y APARATOS DE OFICINA, SERVICIO Y CIENTÍFICOS
5
810
9027 10 10 00
ANALIZADORES DE GASES O HUMOS ELÉCTRICOS O ELECTRÓNICOS
840
MAQUINARIA INDUSTRIAL
6
840
8504 23 00 00
TRANSFORMADORES DE DIELECTRICO LIQUIDO, DE POTENCIA SUPERIOR A 10.000 KVA
7
840
8504 50 90 00
BOBINAS DE REACTANCIA (AUTOINDUCIÓN), EXCEPTO BALASTOS, EXCEPTO PARA TENSION DE SERVICIO INFERIOR O IGUAL A 260V Y PARA CORRIENTES NOMINALES INFERIORES O IGUALES A 30A
8
840
8504 90 00 00
PARTES DE TRANSFORMADORES ELECTRICOS, DE CONVERTIDORES ELECTRICOS ESTATICOS, DE BOBINAS DE REACTANCIA
850
OTRO EQUIPO FIJO
9
850
8609 00 00 00
CONTENEDORES (INCLUIDOS LOS CONTENEDORES CISTERNA Y LOS CONTENEDORES DEPÓSITO) ESPECIALMENTE CONCEBIDOS Y EQUIPADOS PARA UNO O VARIOS MEDIOS DE TRANSPORTE.
SERVICIOS
N°
CIIU
DESCRIPCIÓN
210
Silvicultura y otras actividades forestales
1
Servicios de reforestación
4923
Transporte de carga por carretera
2
Servicio de transporte de equipos por carretera
5012
Transporte de carga marítimo y de cabotaje
3
Servicio de transporte marítimo y de cabotaje
5224
Manipulación de la carga
4
Servicio de carga y descarga de bienes y equipos
5229
Otras actividades de apoyo al transporte
5
Servicio de agente de aduanas
6419
Otros tipos de intermediación monetaria
6
Servicios de emisión de garantías y cartas fianza
6512
Seguros generales
7
Servicio de seguros
6621
Evaluación de riesgos y daños
8
Servicio de elaboración de estudio de riesgos de seguros
6910
Actividades jurídicas
9
Servicios notariales
7020
Actividades de consultoría de gestión
10
Servicios de gestión para la obtención de servidumbres
11
Servicios de gestión para la obtención de derechos de paso y tránsito
7120
Ensayos y análisis técnicos
12
Servicio de inspección técnica de los equipos y materiales del proyecto
7110
Actividades de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de consultoría técnica
13
Servicios de elaboración y gestión de estudios técnicos para la obtención de permisos y licencias para la construcción del proyecto
14
Servicios de gestión para la obtención del Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA)
15
Servicios de gestión para la obtención del Plan de Monitoreo Arqueológico (PMA)
16
Servicios de ingeniería destinados a la elaboración de los Estudios de Pre Operatividad (EPO) y operatividad del proyecto
17
Servicio de supervisión de la ingeniería y construcción del proyecto
18
Servicios de gestión y elaboración del estudio de impacto ambiental
19
Servicio de supervisión de montaje de equipos principales
20
Servicio de diseño del programa de seguridad
21
Servicio de ingeniería de detalle de la línea de transmisión
7310
Publicidad
22
Servicios de comunicación y publicidad para el proyecto
7490
Otras actividades profesionales, científicas y técnicas n.c.p.
23
Servicios de supervisión y monitoreo arqueológico
24
Servicio de monitoreo ambiental
25
Servicio de identificación de servicios ecosistémicos
8690
Otras actividades de atención de la salud humana
26
Servicios de ambulancia terrestre y aérea
CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN
N°
CIIU
DESCRIPCIÓN
4220
Construcción de proyectos de servicio público
1
Contrato EPC para la construcción de la subestación eléctrica
2
Contrato de procura y construcción de la línea de transmisión eléctrica
4321
Instalaciones eléctricas
3
Contrato de instalación de señales para centro de control y operación remota para el proyecto
2554987_1

tributariorecuperación anticipada del igvtransmisión eléctrica

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Otorgan a la empresa CÉFIRO ENERGÍA S.A.C. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Línea de Transmisión en 220 kV SE Céfiro 220/33 kV - SE Intermedia 220 kV y SE Céfiro 220/33 kV”, ubicado en el departamento de Ica

RESOLUCIÓN MINISTERIAL 392-2026-MINEM/DM

El Ministerio de Energía y Minas otorga a CÉFIRO ENERGÍA S.A.C. la concesión definitiva para la transmisión eléctrica de una línea en 220 kV entre la SE Céfiro y la SE Intermedia en Ica. La concesión habilita a la empresa a construir y operar esa infraestructura.

relevantemunicipalEl Peruano

Ordenanza que establece en 2% el porcentaje de la recaudación

Ordenanzas 2857 · ORDENANZA

Una ordenanza municipal fija en 2% un porcentaje de la recaudación municipal. El título publicado está incompleto y no precisa a qué se destina ese porcentaje.

relevantetributarioEl Peruano

La Molina prorroga hasta el 31 de diciembre de 2026 sus beneficios tributarios de regularización

DECRETO DE ALCALDÍA 012-2026/MDLM

Extiende la vigencia de la Ordenanza N° 498/MDLM, sobre regularización, saneamiento y sinceramiento de deudas tributarias en el distrito, que vencía el 30 de setiembre de 2026; no modifica sus condiciones.

relevanteenergíaEl Peruano

MINEM declara de interés nacional la Nueva SE Marcona II y Enlace 138 kV de Hub Poroma

RESOLUCIÓN MINISTERIAL 396-2026-MINEM/DM

Precisa área y ubicación de cuatro predios estatales para las subestaciones Marcona II, San Isidro y Pampa, con plazo de ejecución entre el 27 de setiembre de 2024 y el 27 de noviembre de 2058.

relevanteenergíaEl Peruano

MINEM declara de interés nacional el Proyecto ITC de Transmisora Hub Poroma en Arequipa

RESOLUCIÓN MINISTERIAL 395-2026-MINEM/DM

Precisa el área y ubicación de tres predios estatales en Arequipa para la Subestación Hub San José y ampliaciones, con plazo de ejecución entre el 27 de setiembre de 2024 y el 27 de noviembre de 2058.