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MTC ratifica memorándum de entendimiento aeronáutico entre Perú y Guyana

RESOLUCIÓN MINISTERIAL 492-2026-MTC/01.02 · El Peruano · 18 de septiembre de 2026

Ratifican el “Memorándum de Entendimiento entre las Autoridades Aeronáuticas de la República Cooperativa de Guyana y la República del Perú”

Resumen

Con la ratificación, el memorándum suscrito el 18 de junio de 2026 por la Dirección General de Aeronáutica Civil cumple el requisito legal para entrar en vigencia; su texto se publica en la sede digital del MTC.

A quién impacta

Interesados en el transporte aéreo entre Perú y Guyana: informarse de los términos del memorándum publicado en la sede digital del MTC.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 16 de setiembre de 2026
VISTOS: Los Informes N° 0040-2026-MTC/12.00.08 y N° 0414-2026-MTC/12, y el Memorando N° 1144-2026-MTC/12 de la Dirección General de Aeronáutica Civil; y el Memorando N° 2217-2026-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 8 de la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es la única Autoridad Aeronáutica Civil, la cual es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada;
Que, el literal n) del artículo 9 de la Ley N° 27261 establece que la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para ejecutar la política aérea nacional, así como negociar y suscribir acuerdos en materia aeronáutica de índole técnico o aerocomercial;
Que, conforme al artículo 82 de la Ley N° 27261, la actividad aerocomercial se establece en el orden internacional mediante servicios de transporte aéreo de empresas nacionales y extranjeras, a cuyo efecto la Dirección General de Aeronáutica Civil otorgará las respectivas autorizaciones y celebrará actas o memoranda de entendimiento sobre transporte aéreo, las que para entrar en vigencia deberán ser ratificadas por el Ministro de Transportes y Comunicaciones;
Que, asimismo, el artículo 12 del Reglamento de la Ley N° 27261, aprobado por el Decreto Supremo N° 050-2001-MTC, entre otros aspectos, faculta al Director General de Aeronáutica Civil a negociar y suscribir actas o memoranda de entendimiento, las que para entrar en vigencia deben ser ratificadas por el Ministro de Transportes y Comunicaciones;
Que, mediante los Informes N° 0040-2026-MTC/12.00.08 y N° 0414-2026-MTC/12, y el Memorando N° 1144-2026-MTC/12 la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones informa que, con fecha 18 de junio de 2026, se ha suscrito el “Memorándum de Entendimiento entre las Autoridades Aeronáuticas de la República Cooperativa de Guyana y la República del Perú”, el cual solicita sea ratificado mediante Resolución Ministerial;
Que, a través del Memorando N° 2217-2026-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones hace suyo el Informe N° 0240-2026-MTC/09.01 de la Oficina de Planeamiento y Cooperación Técnica, mediante el cual emite opinión favorable respecto a la ratificación del “Memorándum de Entendimiento entre las Autoridades Aeronáuticas de la República Cooperativa de Guyana y la República del Perú”;
Que, en consecuencia, corresponde ratificar el “Memorándum de Entendimiento entre las Autoridades Aeronáuticas de la República Cooperativa de Guyana y la República del Perú”;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por la Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Ratificar el “Memorándum de Entendimiento entre las Autoridades Aeronáuticas de la República Cooperativa de Guyana y la República del Perú”, suscrito el 18 de junio de 2026, por la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el cual forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y del “Memorándum de Entendimiento entre las Autoridades Aeronáuticas de la República Cooperativa de Guyana y la República del Perú” en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL REY REY
Ministro de Transportes y Comunicaciones
2555248-1

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