informativoeducativo

UNTELS aprueba nuevo Manual de Clasificador de Cargos alineado a su estructura orgánica

RESOLUCIÓN 157-2026-UNTELS-R · UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLOGICA DE LIMA SUR RESOLUCIÓN RECTORAL · El Peruano · 11 de septiembre de 2026

Aprueban el “Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur”

Resumen

Deja sin efecto el MCC aprobado en diciembre de 2024 y sus modificatorias. Describe denominación, funciones y requisitos mínimos de los cargos estructurales; no crea plazas presupuestales y sirve de base para el CAP Provisional.

A quién impacta

Unidad de Recursos Humanos de la UNTELS: iniciar de manera inmediata la formulación del CAP Provisional, en coordinación con Administración y Planeamiento y Presupuesto.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Villa El Salvador, 13 de agosto de 2026
VISTO:
El Proveído N° 01095-2026-UNTELS-R, de fecha 10 de agosto de 2026, mediante el cual la Rectora de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur dispone proyectar la Resolución Rectoral que apruebe el “Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur”, así como el Oficio N° 1447-2026-UNTELS-R-DGA, la Opinión Legal N° 035-2026-R-OAJ/EML, el Informe N° 005-2026-UNTELS-R-OPP-UPPM-JCO, el Informe N° 0406-2026-UNTELS-R-DGA-URRHH y demás actuados que conforman el Expediente N° 2257, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 18° de la Constitución Política del Perú, en su cuarto párrafo, establece: “Cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las Universidades se rigen por la Ley Universitaria N° 30220 y sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes”;
Que, conforme al artículo 8° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, “El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable (...)”;
Que, el artículo 60° de la Ley N° 30220 establece que: “El Rector es el personero y representante legal de la universidad. Tiene a su cargo y a dedicación exclusiva, la dirección, conducción y gestión del gobierno universitario en todos sus ámbitos, dentro de los límites de la presente Ley y del Estatuto”; asimismo, el numeral 2 del artículo 62° de la referida Ley señala, dentro de sus atribuciones, “Dirigir la actividad académica de la universidad y su gestión administrativa, económica y financiera”;
Que, el artículo 1 de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, modificada por la Ley N° 32507, precisa que dicha norma tiene por objeto establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fin de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función; norma que ha sido reglamentada mediante Decreto Supremo N° 053-2022-PCM y sus modificatorias, entre ellas el Decreto Supremo N° 145-2025-PCM;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 150-2021-SERVIR-PE se aprobó la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, cuyo numeral 6.1.7 establece que la Oficina de Recursos Humanos, o la que haga sus veces, debe elevar la propuesta del MCC al(la) Titular de la entidad, previa opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP), en el ámbito de su competencia; y que, de obtener la validación correspondiente, el(la) Titular de la entidad aprueba el MCC, disponiendo su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional y en el Portal de Transparencia;
Que, mediante Resolución de Consejo Universitario N° 165-2025-UNTELS-CU, de fecha 01 de diciembre de 2025, se aprobó la modificación sustancial del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, encargándose en su artículo Tercero a la Unidad de Recursos Humanos la actualización del Manual de Clasificador de Cargos (MCC), en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, para su posterior aprobación por el Titular del Pliego, conforme a las disposiciones de SERVIR;
Que, mediante Resolución de Asamblea Universitaria N° 006-2024-UNTELS-AU se aprobó el Estatuto de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, norma institucional en cuyo marco se ejercen las atribuciones del Rectorado;
Que, con Informe N° 0295-2026-UNTELS-R-DGA-URRHH, de fecha 18 de mayo de 2026, la Unidad de Recursos Humanos sustentó y propuso la actualización integral del Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de la UNTELS, a fin de alinear los cargos estructurales a la nueva estructura orgánica aprobada mediante la Resolución de Consejo Universitario N° 165-2025-UNTELS-CU, recomendando derivar el expediente a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto para la emisión de la opinión técnica correspondiente, conforme al numeral 6.1.7 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH;
Que, en el marco de la asistencia técnica prevista en la citada Directiva, la propuesta del MCC fue remitida a la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) para su revisión, habiéndose formulado observaciones técnicas respecto de la clasificación, denominación, funciones y requisitos de determinados cargos, particularmente en lo referido a la adecuación a la Ley N° 31419 y su Reglamento;
Que, con Informe N° 0406-2026-UNTELS-R-DGA-URRHH, de fecha 26 de junio de 2026, la Unidad de Recursos Humanos dio cuenta de la culminación satisfactoria de la etapa de asistencia técnica ante SERVIR, precisando que se incorporaron todas las recomendaciones y precisiones normativas del Ente Rector en el documento definitivo del MCC, y recomendó continuar con el trámite de aprobación;
Que, mediante Oficio N° 1202-2026-UNTELS-R-DGA, de fecha 08 de julio de 2026, la Dirección General de Administración remitió a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto la propuesta del MCC, solicitando su evaluación y la emisión de la opinión técnica exigida por el numeral 6.1.7 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH;
Que, mediante Informe N° 005-2026-UNTELS-R-OPP-UPPM-JCO, de fecha 14 de julio de 2026, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emitió opinión técnica favorable a la propuesta del MCC, concluyendo que el documento se encuentra técnicamente viable, alineado a la nueva estructura orgánica aprobada mediante la Resolución de Consejo Universitario N° 165-2025-UNTELS-CU (ROF 2025), y conforme a lo dispuesto en la Ley N° 30057, la Ley N° 31419 y la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, recomendando derivar el expediente a la Oficina de Asesoría Jurídica para la emisión del informe legal correspondiente;
Que, mediante Oficio N° 0999-2026-UNTELS-R-OPP, de fecha 15 de julio de 2026, la Jefa de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remitió a la Dirección General de Administración el Informe N° 005-2026-UNTELS-R-OPP-UPPM-JCO, con opinión técnica favorable;
Que, mediante Oficio N° 1306-2026-UNTELS-R-DGA, de fecha 21 de julio de 2026, la Dirección General de Administración solicitó a la Oficina de Asesoría Jurídica la emisión de la opinión legal sobre la propuesta del MCC;
Que, mediante Opinión Legal N° 035-2026-R-OAJ/EML, de fecha 05 de agosto de 2026, la Oficina de Asesoría Jurídica concluyó que resulta procedente continuar con el procedimiento de aprobación del Manual de Clasificador de Cargos de la UNTELS, por cuanto su formulación se desarrolló conforme al procedimiento previsto en la Ley N° 30057, su Reglamento General, la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH y demás disposiciones aplicables, no advirtiéndose impedimento jurídico para su aprobación mediante el acto resolutivo correspondiente;
Que, mediante Oficio N° 368-2026-UNTELS-R-OAJ, de fecha 05 de agosto de 2026, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica remitió a la Dirección General de Administración la Opinión Legal N° 035-2026-R-OAJ/EML, con el sustento técnico y legal correspondiente;
Que, mediante Oficio N° 1447-2026-UNTELS-R-DGA, de fecha 10 de agosto de 2026, el Director General de Administración remitió a la Rectora de la UNTELS los actuados contenidos en el Expediente N° 2257, contando con la opinión técnica favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la opinión legal favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica, solicitando la emisión de la resolución que apruebe el MCC;
Que, mediante Proveído N° 01095-2026-UNTELS-R, de fecha 10 de agosto de 2026, la Rectora de la UNTELS dispuso que la Secretaría General proyecte la Resolución Rectoral correspondiente, para la emisión del acto resolutivo que apruebe el “Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur”, identificado con Código N° 01MN-2026-UNTELS-URRHH, Versión 01;
Que, el Manual de Clasificador de Cargos constituye un instrumento técnico de gestión institucional que describe de manera ordenada la denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos de los cargos estructurales de la entidad, no creando plazas presupuestales ni generando derechos individuales, y constituyendo el insumo indispensable para la posterior formulación y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional), conforme a lo señalado en la Opinión Legal N° 035-2026-R-OAJ/EML;
Que, en consecuencia, habiéndose verificado el cumplimiento del procedimiento técnico y legal establecido en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, contándose con la opinión técnica favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la opinión legal favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica, corresponde a la Rectora, en su calidad de Titular de la entidad, aprobar el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur y dejar sin efecto el instrumento de gestión aprobado con anterioridad;
Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 30220, Ley Universitaria, el Estatuto de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, aprobado mediante Resolución de Asamblea Universitaria N° 006-2024-UNTELS-AU, y demás normas conexas, a la Rectora de la UNTELS;
RESUELVE:
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Rectoral N° 453-2024-UNTELS-R, de fecha 27 de diciembre de 2024, que aprobó el “Manual de Clasificador de Cargos - MCC de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur”, así como sus normas modificatorias, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
Artículo Segundo.- APROBAR el “Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur”, identificado con Código N° 01MN-2026-UNTELS-URRHH, Versión 01, de conformidad con los lineamientos establecidos en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 150-2021-SERVIR-PE, y alineado a la estructura orgánica aprobada mediante Resolución de Consejo Universitario N° 165-2025-UNTELS-CU; el mismo que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Tercero.- DISPONER que la Unidad de Recursos Humanos, en coordinación con la Dirección General de Administración y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, inicie de manera inmediata la formulación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la UNTELS, tomando como instrumento base el Manual de Clasificador de Cargos aprobado por el artículo precedente.
Artículo Cuarto.- PUBLICAR la presente Resolución y su Anexo en el Diario Oficial “El Peruano”, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional y en el Portal de Transparencia Estándar de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur - UNTELS, en la misma fecha, conforme a lo dispuesto en los numerales 6.1.7 y 6.1.9 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH.
Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a la Dirección General de Administración y a la Unidad de Recursos Humanos de la UNTELS.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese;
GLADYS MARCIONILA CRUZ YUPANQUI
Rectora
JOSÉ LUIS VARGAS TUYA
Secretario General
2553279-1

untelsclasificador de cargosgestión de personal

Normas relacionadas

informativoeducativoEl Peruano

UNI modifica su Manual de Clasificador de Cargos

RESOLUCIÓN 1595-2026-UNI · UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA Resolución de Consejo Universitario

Actualiza denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos de los cargos estructurales de la universidad; el detalle consta en el Anexo. Sin cláusula de vigencia expresa; el MCC se publica en el portal de transparencia el mismo día que en El Peruano.

informativogobiernoEl Peruano

PROINVERSIÓN modifica su Manual de Clasificador de Cargos en cargos estructurales

RESOLUCIÓN 00140-2026

Actualiza denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos de diversos cargos estructurales mediante fichas técnicas anexas, publicadas en el Portal de Transparencia Estándar el mismo día que la resolución en El Peruano.

informativomunicipalEl Peruano

Municipalidad de Punta Negra aprueba su Manual de Clasificador de Cargos

RESOLUCIÓN 119-2026-GM/MDPN

Actualiza el documento de gestión de sus cargos para alinearlo con el ROF modificado por Ordenanza Municipal N° 059-2026/MDPN, y deja sin efecto todo acto administrativo incompatible; el texto no fija vigencia expresa.

informativogobiernoEl Peruano

Gobierno Regional de Moquegua aprueba su Manual de Clasificador de Cargos

RESOLUCIÓN 132-2026-GGR/GR.MOQ

El manual consta de VIII títulos y, según los considerandos, adecua los cargos a la estructura orgánica vigente y a la Ley Nº 31419 sobre idoneidad en la función pública. Sin cláusula de vigencia expresa.

informativosaludEl Peruano

INS modifica su Manual de Clasificador de Cargos e incorpora tres fichas de cargos

RESOLUCIÓN 000055-2026-INS/GG

Incorpora las fichas de Médico Especialista, Biólogo Especialista y Especialista en Salud Bucal, con su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos, conforme a los Anexos A y B. El texto no contiene cláusula de vigencia expresa.