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Fiscalía de la Nación nombra a Edwar Quispe Quispe fiscal adjunto provisional en Ventanilla

RESOLUCIÓN 2606-2026-MP-FN · El Peruano · 28 de agosto de 2026

Nombran fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste

Resumen

Lo designa en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas de Ventanilla, del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, a partir de una terna propuesta. No contiene cláusula de vigencia.

A quién impacta

Acto interno del Ministerio Público sin obligaciones para terceros; abogados y justiciables solo deben informarse del fiscal designado.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 27 de agosto de 2026
VISTOS:
Los oficios Nºs. 000913, 001017 y 001069-2026-MP-FN-OCE-FEDTID, proveído Nº 000665-2026-MP-FN-OCE-FEDTID, e informe Nº 0563-2026-MP-FN-OREF-MYGL, y;
CONSIDERANDO:
Mediante los documentos de vistos, la Oficina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, eleva propuesta en terna para cubrir la plaza de fiscal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas de Ventanilla - Sede Ventanilla; asimismo, remite documentación complementaria de los abogados propuestos.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.
Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.
En ese sentido, es necesario emitir el resolutivo correspondiente a fin de nombrar y designar al abogado Edwar Lenin Quispe Quispe, para que ocupe provisionalmente el cargo de fiscal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas de Ventanilla - Sede Ventanilla; en atención al marco normativo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0563-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 24 de agosto de 2026.
De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada con el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Nombrar al abogado Edwar Lenin Quispe Quispe, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, designándolo en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas de Ventanilla - Sede Ventanilla.
Artículo Segundo.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, Oficina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional y al abogado mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS
Fiscal de la Nación
2548432-8

ministerio públiconombramientolima noroeste

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