Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprueba directiva para implementar Ley N° 32504

RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 000132-2026-CE-PJ · CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL · El Peruano · 9 de mayo de 2026

Aprueban la Directiva denominada “Disposiciones para la Implementación de la Ley N.º 32504” – Versión 001

Resumen

Aprueba la Directiva de implementación de la Ley N° 32504, que incorpora trabajadores CAS del Poder Judicial al régimen laboral del Decreto Legislativo 728. Rige desde su publicación en el Portal Institucional del Poder Judicial.

A quién impacta

Gerencia General del Poder Judicial: aprobar documentos complementarios (cronogramas, formatos, bases de datos) necesarios para ejecutar la migración laboral conforme a la directiva aprobada.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 7 de mayo del 2026
VISTOS:
El Oficio N° 000441-2026-GG-PJ, de la Gerencia General del Poder Judicial, el Informe Técnico N° 000030-2026-GRH-GG-PJ, emitido por la Gerencia de Recursos Humanos, los Informes Nros. 000078 y 000084-2026-SM-GMPP-GG-PJ, de la Subgerencia de Modernización, los mismos que hace suyos la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto con los Memorandos Nros. 000526 y 000583-2026-GMPP-GG-PJ; y los Informes Nros. 000434 y 000472-2026-GAJ-GG-PJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Primero.- La Ley N° 32504 “Ley que incorpora a los trabajadores del Poder Judicial contratados a plazo indeterminado bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, en el régimen laboral del Decreto Legislativo 728, Ley de fomento del empleo”, establece en sus disposiciones complementarias finales:
“PRIMERA. Normas complementarias
El Poder Judicial, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, en un plazo que no exceda de sesenta días hábiles posteriores a la publicación de la presente ley, emite las normas y lineamientos complementarios necesarios para su implementación.
SEGUNDA. Implementación de la Ley
El Poder Judicial, mediante disposición administrativa interna, establece el procedimiento de planificación e implementación de la incorporación dispuesta en la presente ley, así como la designación de una comisión que, con la participación de los representantes de los trabajadores en condición de veedores, garantice la transparencia y el cumplimiento de la normativa.”
Segundo.- Estando a las disposiciones antes señaladas, la Gerencia de Recursos Humanos emitió el Informe N° 000054-2026-GRH-GG-PJ que acompaña el proyecto de documento normativo denominado: “Directiva Disposiciones para la implementación de la Ley N° 32504”; el mismo que fuera reformulado conforme a las disposiciones de la Resolución Corrida N° 000272-2026-CE-PJ; y, remitido a la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto acompañado del Informe Técnico N° 000030-2026-GRH-GG-PJ.
Tercero.- A través del Informe N° 000078-2026-SM-GMPP-GG-PJ, ratificado con el Informe N° 000084-2026-SM-GMPP-GG-PJ, la Subgerencia de Modernización concluye que el proyecto de documento normativo Directiva “Disposiciones para la Implementación de la Ley N° 32504”, presentado por la Gerencia de Recursos Humanos, cumple con los requisitos previstos en los numerales 6.1, 6.2, 6.3, 6.4 y 7.1 de la Directiva “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos del Poder Judicial” – Versión 004, aprobada por Resolución Administrativa N° 000463-2025-CE-PJ; por lo que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 6.5 de la misma brinda opinión técnica favorable, para que se continúe con el trámite correspondiente; y la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto con los Memorandos Nros. 000526 y 000583-2026-GMPP-GG-PJ, hace suyos los Informes de la referida subgerencia y los remite junto a la propuesta normativa a la Gerencia de Asesoría Jurídica.
Cuarto.- Por su parte, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° 000434-2026-GAJ-GG-PJ, ratificado con el Informe N° 000472-2026-GAJ-GG-PJ, otorga opinión legal favorable, a la emisión del proyecto de documento normativo.
Quinto.- En ese contexto, la Gerencia General del Poder Judicial mediante Oficio N° 000441-2026-GG-PJ, eleva la referida propuesta de directiva, para evaluación y aprobación correspondiente.
Sexto.- De conformidad a lo regulado en el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En ese sentido, resulta pertinente aprobar la Directiva “Disposiciones para la Implementación de la Ley N° 32504”.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 461-2026 de la vigésima segunda sesión extraordinaria descentralizada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, llevada a cabo en la Corte Superior de Justicia de Tumbes, de fecha 04 de mayo de 2026, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la Directiva denominada “Disposiciones para la Implementación de la Ley N° 32504” - Versión 001.
Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, en el marco de su competencia, apruebe los documentos complementarios que se requieran para la adecuada aplicación de la directiva aprobada por la presente resolución.
Artículo Tercero.- Publicar la presente resolución y el documento aprobado, en el Portal Institucional del Poder Judicial (www.pj.gob.pe), para su difusión y cumplimiento.
Artículo Cuarto.- Notificar la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia de la República, Cortes Superiores de Justicia del país, Procuraduría Pública del Poder Judicial, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JANET TELLO GILARDI
Presidenta
Consejo Ejecutivo
2513621-1

poder judicialdirectivaimplementación normativa

Normas relacionadas

informativojusticiaEl Peruano

Autorizan viaje de Juez Supremo Titular y Presidente de la Comisión Nacional de Gestión Ambiental del Poder Judicial y de Juez Supremo titular e Integrante de la Comisión de Justicia Medioambiental de la Cumbre Judicial Iberoamericana para participar en evento a realizarse en México

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA 000099-2026-P-CE-PJ · Presidencia del Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

El Poder Judicial autoriza el viaje de dos jueces supremos vinculados a la gestión y justicia ambiental para participar en un evento en México. Es una autorización de viaje de magistrados.

informativojusticiaEl Peruano

Aceptan renuncia de Juez Especializado Penal del Segundo Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Barranca de la Corte Superior de Justicia de Huaura

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA 000100-2026-P-CE-PJ · Presidencia del Consejo Ejecutivo RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA

El Poder Judicial acepta la renuncia de un juez del Segundo Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Barranca, Corte Superior de Huaura. Es un movimiento de personal judicial.

relevantejusticiaEl Peruano

CE-PJ implementa el Módulo Corporativo de Familia en Villa María del Triunfo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA 000311-2026-CE-PJ

Desde el 29 de setiembre de 2026, el 1° y 2° Juzgado de Familia de Villa María del Triunfo operan bajo despacho corporativo; además, se incorporan al piloto de oralidad en procesos de tenencia y régimen de visitas.

informativojusticiaEl Peruano

CE-PJ convierte y reubica órganos transitorios de Extinción de Dominio como órganos penales

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA 000318-2026-CE-PJ · Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Cierra el turno de nuevos expedientes penales en adición de funciones desde el día siguiente de su publicación y, desde el 1 de octubre del 2026, redistribuye expedientes y reubica esos órganos por seis meses en siete Cortes Superiores.

informativojusticiaEl Peruano

CE-PJ convierte tres juzgados unipersonales de Lima en el 3° Juzgado Penal Colegiado Permanente

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA 000320-2026-CE-PJ

Conforma además el 1° Juzgado Penal Colegiado Conformado con los 31°, 37° y 41° unipersonales y redistribuye expedientes; rige desde el día siguiente de su publicación en El Peruano.