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Poder Judicial aprueba reglamento de seguridad y salud en el trabajo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000170-2026-CE-PJ · CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL · El Peruano · 29 de mayo de 2026

Aprueban el Reglamento denominado “Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial – Versión 002”

Resumen

Aprueba versión actualizada del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo, que deroga la versión anterior de 2022. Rige desde su publicación en El Peruano y aplica a todas las dependencias judiciales.

A quién impacta

Servidores y dependencias del Poder Judicial: implementar medidas de prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales; órganos administrativos deben publicar y notificar a órganos de gobierno para su conocimiento.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Consejo Ejecutivo
Lima, 21 de mayo del 2026
VISTOS:
El Oficio Nº 000005-2026-CSST-CE-PJ, cursado por el señor Carlos Alberto Zavaleta Grández, Consejero Representante titular ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial, el Oficio Nº 000341-2026-GG-PJ, de la Gerencia General del Poder Judicial, que adjunta el Informe Nº 000377-2026-GAJ-GG-PJ, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 000431-2026-GMPP-GG-PJ, de la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto, que adjunta el Informe Nº 00068-2026-SM-GMPP-GG-PJ elaborado por la Subgerencia de Modernización; así como, el Memorando Nº 000449-2026-GMPP-GG-PJ, de la referida Gerencia, relacionado con el proyecto de Reglamento denominado “Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial – Versión 002”.
CONSIDERANDO:
Primero. El numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que los entes rectores de los sistemas administrativos implementan acciones orientadas a contribuir a la eficiencia y simplificación de los sistemas administrativos bajo su competencia, para lo cual revisan periódicamente sus regulaciones a fin de determinar el efecto y los costos de su aplicación en la gestión pública, considerando la heterogeneidad institucional del Estado.
Segundo. En ese contexto normativo, el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 123-2018-PCM, que aprobó el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, señala que las entidades públicas aplican la gestión por resultados como un modelo de gestión que permite identificar y adoptar decisiones, respecto de aquellos aspectos que contribuyan a la creación de valor público.
Tercero. En relación con lo antes señalado, mediante Resolución Administrativa Nº 000463-2025-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la Directiva Nº 012-2025-CE-PJ denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial – Versión 004”, la cual regula el proceso para la formulación, revisión, aprobación y difusión estandarizada de documentos normativos en el Poder Judicial; estableciendo en su numeral 6.1 que son documentos normativos aquellos destinados a organizar y ejecutar actos de administración interna en el Poder Judicial, conforme a lo descrito en el numeral 1.2.1 del artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS.
Cuarto. Del marco normativo antes expuesto, se advierte que existe sustento legal para proseguir con el trámite de aprobación del proyecto de Reglamento denominado “Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial – Versión 002”, cuyo objeto establecer las medidas orientadas a prevenir la ocurrencia de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales, fomentar una cultura de prevención de riesgos laborales, así como informar y promover la participación de todos los servidores del Poder Judicial en la implementación y cumplimiento de las medidas adoptadas, en concordancia con las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
Quinto. En cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial – Versión 004”, la Subgerencia de Modernización, en el ámbito de sus funciones, mediante el Informe Nº 00068-2026-SM-GMPP-GG-PJ concluyó que el proyecto de Reglamento denominado “Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial – Versión 002”, cumple con lo establecido en los numerales 6.1 y 6.4 de la referida norma. En mérito de ello, mediante el Memorando Nº 000431-2026-GMPP-GG-PJ, la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto emitió opinión técnica favorable para continuar con el trámite de aprobación del referido proyecto normativo; asimismo, mediante el Memorando Nº 000449-2026-GMPP-GG-PJ precisó que corresponde al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la aprobación del citado Reglamento.
Sexto. Por su parte, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediane el Informe Nº 000377-2026-GAJ-GG-PJ, analiza el contenido y los alcances del citado proyecto de reglamento, emite opinión legal favorable, al verificar que su formulación se realizó conforme a las disposiciones establecidas en la citada directiva.
Séptimo. En ese contexto, a través del Oficio Nº 000441-2026-GG-PJ la Gerencia General del Poder Judicial, eleva la referida propuesta de directiva, para evaluación y aprobación correspondiente.
Octavo. Asimismo, por Oficio Nº 005-2026-CSST-CE-PJ, el Consejero Representante titular ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial, informa que la propuesta de actualización del citado reglamento ha sido evaluada conforme a la normativa vigente en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, verificándose su alineamiento con los principios de prevención de riesgos laborales, mejora continua y protección de la salud de los trabajadores. Asimismo, señala que dicha propuesta fue aprobada en la Sesión Ordinaria Nº 009-2025 del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, en cumplimiento de sus funciones establecidas. En ese sentido, emite opinión técnica favorable y valida el contenido del proyecto denominado “Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial - Versión 002.
Noveno. De conformidad a lo regulado en el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En ese sentido, teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente aprobar el proyecto de reglamento mencionado.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 548-2026 de la vigésima quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 20 de mayo de 2026, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento denominado “Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial – Versión 002”.
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución Administrativa Nº 000039-2022-CE-PJ, que aprobó el “Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial – Versión 001”.
Artículo Tercero.- Publicar la presente resolución y el documento aprobado, en el Portal Institucional del Poder Judicial (www.pj.gob.pe), para su difusión y cumplimiento.
Artículo Cuarto.- Notificar la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencias de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidentes de la Cortes Superiores de Justicia del país, Órgano de Control Institucional, Procuraduría Pública del Poder Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JANET TELLO GILARDI
Presidenta
Consejo Ejecutivo
2520128-1

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