Consejo Ejecutivo del PJ redistribuye expedientes del 7º Juzgado de Familia de Cusco

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000179-2026-CE-PJ · CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL · El Peruano · 29 de mayo de 2026

Disponen la redistribución equitativa y aleatoria de la carga en trámite y ejecución pendiente al reubicarse el 7° Juzgado de Familia Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la provincia de Cusco

Resumen

Redistribuye equitativa y aleatoriamente la carga pendiente del 7º Juzgado de Familia Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar entre cuatro juzgados subespecializados de Cusco. Rige desde el 1 de junio de 2026.

A quién impacta

Jueces y secretarios judiciales de Cusco: remitir expedientes completos, foliados, con notificaciones descargadas en EJE/SIJ antes de la reubicación.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Consejo Ejecutivo
Lima, 28 de mayo del 2026
VISTOS:
El Oficio Nº 0000024-2026-C-PPOR1002-P-PJ cursado por la Coordinadora de Seguimiento, Monitoreo y Supervisión del Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer – PPoR RVcM 1002, así como el Oficio Nº 000359-2026-RT-PPOR1002-P, elaborado por el Responsable Técnico del citado programa.
CONSIDERANDO:
Primero. El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa Nº 000130-2026-CE-PJ, dispuso que:
Artículo primero. Reubicar, a partir del 1 de junio de 2026, el 7º Juzgado de Familia Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la provincia de Cusco como Juzgado de Familia Subespecializado en Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de la provincia de Calca, Corte Superior de Justicia de Cusco, con competencia territorial en la mencionada provincia, por un periodo de seis (6) meses.
Artículo segundo. Redistribuir, a partir del 1 de junio de 2026, los expedientes pendientes en ejecución de la subespecialidad de Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar del Juzgado Civil del distrito y provincia de Calca hacia el convertido Juzgado de Familia Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar del distrito de Calca.
Segundo. Mediante Oficio Nº 000359-2026-RT-PPOR1002-P, el citado programa presupuestal precisa que la carga en trámite y en ejecución quede pendiente al reubicarse el 7º Juzgado de Familia Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la provincia de Cusco (conforme el artículo primero de la Resolución Administrativa Nº 000130-2026-CE-PJ), debe ser redistribuida entre los cuatro juzgados subespecializados en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la provincia de Cusco de manera equitativa y aleatoria.
Tercero. Considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva; resulta necesario emitir las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito.
Cuarto. De conformidad con el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 618-2026 de la vigésima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 27 de mayo de 2026, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer que la carga en trámite y en ejecución que quede pendiente al reubicarse el 7º Juzgado de Familia Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la provincia de Cusco (conforme el artículo primero de la Resolución Administrativa Nº 000130-2026-CE-PJ), debe ser redistribuida entre los cuatro juzgados subespecializados en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la provincia de Cusco de manera equitativa y aleatoria.
Artículo Segundo.- Disponer que los expedientes a ser remitidos deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Los expedientes a remitir deben estar completos, con todos sus acompañados y anexos, deben tener todos sus escritos debidamente proveídos, notificados y con todas sus actuaciones procesales descargadas en EJE y/o el Sistema Integrado Judicial (SIJ) según corresponda; estando prohibido expedir resoluciones dilatorias que no guarden relación con el sentido del pedido, de conformidad con lo establecido en el artículo 153º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, bajo responsabilidad funcional del Juez y Secretario Judicial que conoce la causa.
b) Los expedientes a remitir deberán contar con todos sus cargos o constancias de notificación completos y deberán estar debidamente foliados (cuando corresponda, al tratarse de expedientes en físico).
Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, a través de sus áreas correspondientes, adopten las acciones administrativas respectivas para dar cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
Artículo Cuarto.- Facultar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cusco a adoptar las acciones correspondientes a fin de operativizar lo dispuesto por este Órgano de Gobierno.
Artículo Quinto.- Notificar la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Oficina de Productividad Judicial, Programa Presupuestal orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002), Corte Superior de Justicia de Cusco; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JANET TELLO GILARDI
Presidenta
Consejo Ejecutivo
2520200-1

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