Designan Jefa de la Oficina de Recursos Humanos
RESOLUCIÓN 000123-2026-GEG/INDECOPI · RESOLUCIÓN
INDECOPI designa a la Jefa de su Oficina de Recursos Humanos. Es un cambio de personal administrativo.
Resolución 014-2026-SMV/08.2 · SMV · SMV · 9 de septiembre de 2026
Resolución de la Unidad de Recursos humanos N.° 014-2026-SMV/08.2
Refleja ingresos y ceses, renombra un puesto, reubica un cargo, rectifica el nivel remunerativo de dos cargos e incorpora la gratificación de la Ley 32563 en el Cuadro N° 4. No contiene cláusula de vigencia.
Participantes del mercado de valores: solo informarse; es una medida interna que, según el informe citado, no incrementa plazas ni presupuesto de la SMV.
Fuente oficial: texto completo en SMV
Texto extraído de la publicación oficial en SMV. El documento original es la única versión con valor legal.
PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas SMV Superintendencia del Mercado de Valores “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia” Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, su Reglamento y modificatorias. La integridad del documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en https://apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml Resolución de la Unidad de Recursos Humanos de la SMV Nº 014-2026-SMV/08.2 Lima, 09 de setiembre del 2026 El jefe de la Unidad de Recursos Humanos VISTOS: El Expediente Nº 2026001105 que contiene el Informe N° 1307-2026-SMV/08.2, emitido por la Unidad de Recursos Humanos (en adelante, ORH) visado por la Oficina de Administración, mediante el cual se propone la actualización de los cuadros Nos 1, 2 y 4 del Cuadro de Puestos de la Entidad (en adelante, CPE); CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el artículo 1º del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores, aprobado por Decreto Ley 26126, modificado por Ley N° 29782, la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas con personería jurídica de derecho público interno y goza de autonomía funcional, administrativa, económica, técnica y presupuestal; Que, por Decreto Supremo N° 216-2011-EF, publicado el 02 de diciembre de 2011, y sus modificatorias, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SMV; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 17- 2024-SERVIR-GDSRH, de fecha 22 de enero 2024, se aprobó la Directiva N° 002-2024- SERVIR-GDSRH “Diseño y estructura de puestos y posiciones para la elaboración, aprobación, administración y modificación del cuadro de puestos de la entidad; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 133- 2024-SERVIR-PE que aprueba - Formalizar el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, adoptado en la Sesión N° 14-2024-CD, mediante el cual se aprueba el Cuadro de Puestos de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV de fecha 18 de octubre de 2024; y las actualizaciones al Cuadro N° 1 del CPE aprobados mediante Resolución de Unidad de Recursos Humanos Nº 004- 2025-SMV/08.2; Resolución de Unidad de Recursos Humanos Nº 006-2025-SMV/08.2; Resolución de Superintendente Nº 158-2025-SMV/02; Resolución de la Unidad de Recursos Humanos Nº 002-2026-SMV/08.2; y, Resolución de la Unidad de Recursos Humanos Nº 009-2026-SMV/08.2; PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas SMV Superintendencia del Mercado de Valores “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia” Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, su Reglamento y modificatorias. La integridad del documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en https://apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml Que, mediante Resolución de Superintendente Nº 088- 2026-SMV/02, se aprobó la modificación del Manual de Perfiles de Puestos (MPP) de la Superintendencia del Mercado de Valores; Que, en los literales b) y c) del artículo 26º de la Directiva N° 002-2024-SERVIR-GDSRH, se faculta a la ORH o la que haga las veces, actualizar el Cuadro N° 1 del CPE, debido a: b) Variación en los códigos y denominaciones de los puestos recogidos en el Cuadro N° 1 del CPE, sin que ello implique una variación en la cantidad de posiciones o la valorización del puesto y, c) Variación en la cantidad de posiciones ocupadas y vacantes, incluyendo presupuestadas y no presupuestadas, como resultado del ingreso, la salida o el desplazamiento de personal, sin que ello altere la dotación total de posiciones del puesto; Que, además en los literales a), c) y d) del numeral 27.1 del artículo 27º de la Directiva N° 002-2024-SERVIR-GDSRH, se faculta a la ORH o la que haga las veces, actualizar el Cuadro N° 2 del CPE, debido a: a) Variación del total de posiciones ocupadas que hubieran devenido en vacantes durante el presente año o años fiscales previos, así como la eliminación de cargos sin posiciones ocupadas; c) Necesidad de adecuar información de cargos que tenga el sustento técnico y/o legal, sin generar un incremento en la cantidad de cargos; y, d) Necesidad de realizar reubicación de cargos, según lo dispuesto en la quinta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil. Que, adicionalmente, en los literales a) y d) del numeral 29.1 del artículo 29º de la citada Directiva, se faculta a la ORH o la que haga las veces, actualizar el Cuadro N° 4 del CPE, debido a los siguientes supuestos: a) Variación del total de posiciones en puestos que hubieran devenido en vacantes durante el presente año o años fiscales previos, y d) Incorporación y/o actualización de conceptos de ingreso aprobados conforme al marco legal vigente, negociación colectiva o mandato judicial; Que, conforme a lo señalado en el Informe N° 1307-2026- SMV/08.2, las citadas acciones no tienen incidencia en un incremento del total de plazas comprendidas del CPE vigente ni en el presupuesto de la SMV, asimismo conforme al numeral 30.1 del artículo 30º de la Directiva N° 002-2024-SERVIR-GDSRH, las actualizaciones que se realicen en el marco de la administración del CPE se aprueban mediante resolución de la ORH, pudiendo SERVIR y el MEF realizar controles posteriores a fin de verificar que en ningún caso se haya desconocido o modificado los criterios y/o montos que sus informes favorables hayan establecido. Asimismo, el numeral 30.2 del citado artículo, señala que las actualizaciones realizadas al CPE en el transcurso del año fiscal deben ser formalizadas anualmente, como máximo, el 31 de diciembre, mediante resolución del titular de la entidad pública, bajo responsabilidad. Dicha formalización hace referencia a todas las actualizaciones que haya realizado la ORH en el marco de la administración del CPE y aprueba la versión vigente; Que, en virtud de la normativa indicada, en el Informe N° 1307-2026-SMV/08.2 de la URH se sustenta la procedencia de actualizar los cuadros Nos 1, 2 y 4 del CPE de la SMV, contemplando en la propuesta de actualización, los supuestos detallados de los artículos 26º, 27º y 29º de la Directiva N° 002-2024- SERVIR-GDSRH, los mismos que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte de la presente resolución; PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas SMV Superintendencia del Mercado de Valores “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia” Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, su Reglamento y modificatorias. La integridad del documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en https://apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml Que, en el marco de las disposiciones normativas que regulan la administración del CPE, resulta conveniente aprobar la propuesta de actualización de los cuadros Nos 1, 2 y 4 del CPE formulada por la ORH; Estando a lo expuesto y de conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF y sus modificatorias, y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 17-2024-SERVIR-GDSRH que aprueba la Directiva N° 002-2024-SERVIR-GDSRH “Diseño y estructura de puestos y posiciones para la elaboración, aprobación, administración y modificación del cuadro de puestos de la entidad”; RESUELVE: Artículo 1°. - Aprobar la actualización de los cuadros Nos 1, 2 y 4 del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE de la Superintendencia del Mercado de Valores, cuyos cuadros que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°. - Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (https://www.gob.pe/smv) con su respectivo Anexo. Artículo 3°. - Disponer la publicación del Informe N° 1307-2026-SMV/08.2 de la Unidad de Recursos Humanos y la presente resolución con su respectivo anexo, en la Intranet Institucional de la Superintendencia del Mercado de Valores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Joanna Elizabeth Centeno Blanco de Coia Ejecutiva de la Unidad de Recursos Humanos PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas SMV Superintendencia del Mercado de Valores “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia” Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, su Reglamento y modificatorias. La integridad del documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en https://apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml ANEXO DE LA RESOLUCION DE LA UNIDAD DE RECURSOS HUMANOS DE LA SMV Nº 014-2026-SMV/08.2 I. En aplicación al supuesto “b”, artículo 26º se renombraron un (1) puesto, sin que ello implique una variación en la cantidad de posiciones o la valorización del puesto, como sigue: CUADRO No 1 CPE PROPUESTO ITEM 1. IDENTIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA DE LA ORGANIZACIÓN 2. IDENTIFICACIÓN DE LOS PUESTOS Numero de orden 1.1 NATURALEZA DEL ÓRGANO 1.2 ÓRGANO 1.3 UNIDAD ORGÁNICA 2.1 CÓDIGO DEL PUESTO 2.2 DENOMINACIÓN DEL PUESTO 2.3 DOTACIÓN TOTAL 2.4 TOTAL DE POSICIONES OCUPADAS 2.5 TOTAL DE POSICIONES VACANTES 2.6 POSICIONES VACANTES 2.6.1 Pres. 2.6.2 No pres. 1 103 Apoyo Oficina de Tecnologías de la Información No aplica CA30103 Especialista en Seguridad, Continuidad y Riesgos 1 0 1 0 1 Fuente: Informe N° 1307-2026-SMV/08.2 Elaborado por: URH de la SMV II. En aplicación al supuesto “c”, artículo 26º y al supuesto “a” de los numerales 27.1 y 29.1 de los artículos 27º y 29º de la Directiva N° 002-2024-SERVIR-GDSRH, respectivamente, la propuesta de actualización del CPE además comprende, para los cuadros Nos 1, 2 y 4, variaciones en la situación de los cargos por motivo de ingresos y ceses que han modificado la situación de los cargos en situación de ocupados y previstos, lo que ha producido en algunos casos la eliminación de cargos sin posiciones ocupadas en el Cuadro N° 2, siendo la cantidad de puestos/posiciones en los cuadros Nos 1, 2 y 4 del CPE propuesto como sigue: CUADRO N° 1 – INGRESO DE PERSONAL Fuente: Informe N° 1307-2026-SMV/08.2 Elaborado por: URH de la SMV Por consiguiente, la cantidad de puestos/posiciones en el Cuadro No 1 del CPE propuesto es como sigue: RESUMEN DEL CUADRO NO 1 DEL CPE PROPUESTO Numero de orden 1.2 ÓRGANO 1.3 UNIDAD ORGÁNICA 2.1 CÓDIGO DEL PUESTO 2.2 DENOMINACIÓN DEL PUESTO TRABAJADOR FECHA DE INGRESO 077 Oficina de Administración Unidad de Finanzas CA40077 Ejecutivo(a) de la Unidad de Finanzas QUIROZ GOMERO JORGE LUIS 25/08/2026 PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas SMV Superintendencia del Mercado de Valores “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia” Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, su Reglamento y modificatorias. La integridad del documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en https://apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml Fuente: Informe N° 1307-2026-SMV/08.2 Elaborado por: URH de la SMV CUADRO N° 2 – CESE DE PERSONAL D.LEG. N° 728 (INDETERMINADO) Fuente: Informe N° 1307-2026-SMV/08.2 Elaborado por: URH de la SMV CUADRO N° 4 – CESE DE PERSONAL CAS (INDETERMINADO) Fuente: Informe N° 1307-2026-SMV/08.2 Elaborado por: URH de la SMV III. En aplicación al supuesto “d” del numeral 27.1 del artículo 27º de la Directiva N° 002-2024-SERVIR-GDSRH, se reubicó un (1) cargo de “Jefe de la Unidad de Finanzas” con número de origen 048, en el Cuadro N° 2 del CPE vigente a Numero de orden 1.2 ÓRGANO 1.3 UNIDAD ORGÁNICA 2.2 DENOMINACIÓN DEL PUESTO TRABAJADOR(A) FECHCA DE CESE 107 Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial Intendencia General de Supervisión de Entidades Analista CASTRO PACORICONA HENRY 24/07/2026 128 Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados Intendencia General de Supervisión de Conductas Analista Principal MORA LORENZI INES ROXANA 09/06/1977 Numero de orden 1.2 ÓRGANO 1.3 UNIDAD ORGÁNICA 2.2 DENOMINACIÓN DEL PUESTO TRABAJADOR(A) FECHA DE CESE 00098 Superintendencia Adjunta de Riesgos --- PROFESIONAL II CHIMOY ASTO GUILLERMO ENRIQUE 30//06/2026 00102 Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial Intendencia General de Supervisión de Entidades PROFESIONAL I VIDAL ALVAREZ NATALY EMMY 13/07/2026 PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas SMV Superintendencia del Mercado de Valores “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia” Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, su Reglamento y modificatorias. La integridad del documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en https://apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml “Especialista en Gestión” en la Oficina de Administración con número de origen 048 en el Cuadro N° 2 del CPE propuesto, como sigue: CUADRO N° 2 CPE PROPUESTO NÚMERO DE ORIGEN 1. IDENTIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA DE LA ORGANIZACIÓN 2. IDENTIFICACIÓN DE LOS PUESTOS 3. INFORMACIÓN ECONÓMICA DE LOS PUESTOS 1.1. NATURAL EZA DEL ÓRGANO 1.2. ÓRGANO 1.3. UNIDAD ORGÁNIC A 2.1. DENOMIN ACIÓN DEL PUESTO 2.2. CLASIF ICA CIÓN DEL PUEST O 2.3. RÉGIM EN LABOR AL 2.4. TOTAL DE POSICI ONES OCUP ADAS 2.5. POSICI ONES VACA NTES 3.1. NIVEL REMU NERA TIVO 3.2. INGRESO MENSUAL 3.3. MONTO ANUAL 3.4. INGRESO OCASIONAL 3.5. INGRESO TOTAL ANUAL 3.2.1. INGRESO IMPONIBL E 3.2.2. CARGA SOCIAL 3.2.3. INGRE SO NO IMPO NBLE 3.2.4. INCEN TIVO UNICO 3.2.5. TOTAL MENSUAL 3.4.1. ESCOL ARIDA D 3.4.2. AGUINAL DO/GRAT IFICACIÓN 3.4.3. OTROS OCASION ALES 3.4.4. TOTAL OCASION AL 48 Apoyo Oficina de Administració n No aplica Especialist a en Gestión SP-EJ D.Le g.728 1 P-5 S/ 10,0000. 11 S/ 927.01 S/ 300.0 0 S/ 0.00 S/ 11227.12 S/ 134,725.44 S/ 400.0 0 S/ 22,454.2 4 S/ 12,016.8 0 S/ 34,871.0 4 S/ 169,596.48 Fuente: Informe N° 1307-2026-SMV/08.2 Elaborado por: URH de la SMV IV. En aplicación al supuesto “c” del numeral 27.1, se rectificó el dato contenido en el campo 3.1. NIVEL REMUNERATIVO de los cargos de Especialistas en Gestión números de origen 30 y 79, cabe señalar que la referida rectificación no genera variaciones en otra información registrada de los cargos, como sigue: Dice en el campo 3.1. NIVEL REMUNERATIVO el nivel “D-2” en el Cuadro N° 2 del CPE vigente: NÚMERO DE ORIGEN 1. IDENTIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA DE LA ORGANIZACIÓN 2. IDENTIFICACIÓN DE LOS PUESTOS 3. INFORMACIÓN ECONÓMICA DE LOS PUESTOS 1.1. NATURAL EZA DEL ÓRGANO 1.2. ÓRGANO 1.3. UNIDAD ORGÁNIC A 2.1. DENOMIN ACIÓN DEL PUESTO 2.2. CLASIF ICA CIÓN DEL PUEST O 2.3. RÉGIM EN LABOR AL 2.4. TOTAL DE POSICI ONES OCUP ADAS 2.5. POSICI ONES VACA NTES 3.1. NIVEL REMU NERA TIVO 3.2. INGRESO MENSUAL 3.3. MONTO ANUAL 3.4. INGRESO OCASIONAL 3.5. INGRESO TOTAL ANUAL 3.2.1. INGRESO IMPONIBL E 3.2.2. CARGA SOCIAL 3.2.3. INGRE SO NO IMPO NBLE 3.2.4. INCEN TIVO UNICO 3.2.5. TOTAL MENSUAL 3.4.1. ESCOL ARIDA D 3.4.2. AGUINAL DO/GRAT IFICACIÓN 3.4.3. OTROS OCASION ALES 3.4.4. TOTAL OCASION AL 30 Asesoram iento Oficina de Planeamiento , Gestión e Integridad No aplica Especialist a en Gestión SP-EJ D.Le g.728 1 D-2 S/ 10,000.11 S/ 927.01 S/ 300.00 S/ 0.00 S/ 11,227.12 S/ 134,725.44 S/ 400.00 S/ 22,454.24 S/ 12016.80 S/ 34,871.04 S/ 169,596.48 79 Apoyo Oficina de Tecnologías de Información No aplica Especialist a en Gestión SP-EJ D.Le g.728 1 D-2 S/ 10,000.11 S/ 927.01 S/ 300.00 S/ 0.00 S/ 11,227.12 S/ 134,725.44 S/ 400.00 S/ 22454.24 S/ 12,016.80 S/ 34,871.04 S/ 169,596.48 Fuente: Informe N° 1307-2026-SMV/08.2 Elaborado por: URH de la SMV Debe decir en el campo 3.1. NIVEL REMUNERATIVO el nivel “P-5” en el Cuadro N° 2 del CPE Propuesto: NÚMERO DE ORIGEN 1. IDENTIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA DE LA ORGANIZACIÓN 2. IDENTIFICACIÓN DE LOS PUESTOS 3. INFORMACIÓN ECONÓMICA DE LOS PUESTOS 1.1. NATURAL EZA DEL ÓRGANO 1.2. ÓRGANO 1.3. UNIDAD ORGÁNIC A 2.1. DENOMIN ACIÓN DEL PUESTO 2.2. CLASIF ICA CIÓN DEL PUEST O 2.3. RÉGIM EN LABOR AL 2.4. TOTAL DE POSICI ONES OCUP ADAS 2.5. POSICI ONES VACA NTES 3.1. NIVEL REMU NERA TIVO 3.2. INGRESO MENSUAL 3.3. MONTO ANUAL 3.4. INGRESO OCASIONAL 3.5. INGRESO TOTAL ANUAL 3.2.1. INGRESO IMPONIBL E 3.2.2. CARGA SOCIAL 3.2.3. INGRE SO NO IMPO NBLE 3.2.4. INCEN TIVO UNICO 3.2.5. TOTAL MENSUAL 3.4.1. ESCOL ARIDA D 3.4.2. AGUINAL DO/GRAT IFICACIÓN 3.4.3. OTROS OCASION ALES 3.4.4. TOTAL OCASION AL 30 Asesoram iento Oficina de Planeamiento , Gestión e Integridad No aplica Especialist a en Gestión SP-EJ D.Le g.728 1 P-5 S/ 10,000.11 S/ 927.01 S/ 300.00 S/ 0.00 S/ 11,227.12 S/ 134,725.44 S/ 400.00 S/ 22,454.24 S/ 12016.80 S/ 34,871.04 S/ 169,596.48 79 Apoyo Oficina de Tecnologías de Información No aplica Especialist a en Gestión SP-EJ D.Le g.728 1 P-5 S/ 10,000.11 S/ 927.01 S/ 300.00 S/ 0.00 S/ 11,227.12 S/ 134,725.44 S/ 400.00 S/ 22454.24 S/ 12,016.80 S/ 34,871.04 S/ 169,596.48 Fuente: Informe N° 1307-2026-SMV/08.2 Elaborado por: URH de la SMV PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas SMV Superintendencia del Mercado de Valores “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia” Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, su Reglamento y modificatorias. La integridad del documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en https://apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml V. En aplicación al supuesto “d” del numeral 29.1 del artículo 29º de la Directiva N° 002-2024-SERVIR-GDSRH, la propuesta de actualización contempla la incorporación y/o actualización de conceptos de ingreso aprobados conforme el marco legal vigente, negociación colectiva o mandato judicial en el Cuadro No 4, como sigue: Se incorporó en el Cuadro N° 4: - Actualización por el pago del concepto de gratificación, en atención a la Ley 32563, aplicando la gradualidad conforme a la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N°142-2026-EF.
smvrecursos humanos
RESOLUCIÓN 000123-2026-GEG/INDECOPI · RESOLUCIÓN
INDECOPI designa a la Jefa de su Oficina de Recursos Humanos. Es un cambio de personal administrativo.
Resolución 144-2026-SMV/10.2 · SMV
Las modificaciones alcanzan a todos los fondos mutuos de inversión en valores de la administradora y versan principalmente sobre la suscripción de cuotas mediante cargo en la cuenta del partícipe en el agente colocador. Entran en vigencia el 6 de octubre de 2026.
Resolución 143-2026-SMV/10.2 · SMV
Atiende la solicitud de su sociedad administradora, que declaró que el fondo, inscrito el 19 de agosto de 2026, no cuenta con partícipes. No contiene cláusula de vigencia expresa; está fechada el 17 de setiembre de 2026.
Resolución 015-2026-SMV/08.2 · SMV
La sección de servidores de confianza incorpora a Jorge Luis Quiroz Gomero, designado en el puesto CA40077, conforme al Anexo publicado en los portales institucionales. No contiene cláusula de vigencia expresa.
Resolución 139-2026-SMV/10.2 · SMV
Las modificaciones al prospecto simplificado y anexo del reglamento de participación abarcan series de cuotas, política de inversiones, comisión unificada, suscripción inicial y saldo mínimo, y eliminan el plazo mínimo de permanencia; rigen el 01 de octubre de 2026.