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Osinergmin formaliza sus modificaciones presupuestarias funcionales programáticas de agosto 2026

Resolución 113-2026-OS/GG · Osinergmin · Osinergmin · 9 de septiembre de 2026

Resolución de Gerencia General N.° 113-2026-OS/GG

Resumen

Recoge en un Anexo las habilitaciones y anulaciones efectuadas en la Unidad Ejecutora 001 durante agosto de 2026, en continuidad con las resoluciones mensuales previas. No contiene cláusula de vigencia; está fechada el 09 de septiembre del 2026.

A quién impacta

Sin efectos para administrados ni terceros: solo informarse; internamente, Osinergmin remite copia al MEF dentro de los cinco días calendario siguientes a su aprobación.

Fuente oficial: texto completo en Osinergmin

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en Osinergmin. El documento original es la única versión con valor legal.

RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA
OSINERGMIN N° 113-2026-OS/GG
 
Lima, 09 de septiembre del 2026
 VISTO:
El Informe Técnico N° GPPM-74-2026/OS de fecha 8 de setiembre de 2026, emitido 
por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante el cual se remite el 
detalle de las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático 
correspondiente al mes de agosto 2026.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 174-2025-OS/PRES 
del 29 de diciembre de 2025 se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del 
Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin correspondiente al 
Año Fiscal 2026;
Que, el numeral 40.2 del artículo 40° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley 
General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-
EF, establece que las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son 
aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la 
que haga sus veces en la Entidad;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 47.1 del artículo 47° del Decreto 
Legislativo N° 1440, del Sistema Nacional de Presupuesto Público, las modificaciones 
presupuestarias en el nivel Funcional Programático que se efectúan dentro del marco del 
Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que 
varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para los 
productos y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional y programática 
compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr 
durante el año fiscal (…)”;
Que, el inciso i), literal b), numeral 24.1 del artículo 24° de la Directiva N° 0001-2024-
EF/50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” (en adelante la Directiva), y sus 
modificatorias, establece que las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional 
Programático, efectuadas en el mes respectivo, se formalizan por resolución del Titular del 
pliego en los plazos señalados en el respectivo Cuadro de Plazos, detallando la sección, 
Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Producto y/o Proyecto según corresponda, 
Actividad, Fuente de Financiamiento, Categoría del Gasto y Genérica del Gasto. Esta 
disposición indica además que las resoluciones que se emitan se deberán elaborar tomando 
en cuenta el Modelo N° 5/GN “Modelo de Resolución de Formalización de Modificaciones 
Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático (Dentro de una Unidad Ejecutora)” de la 
Directiva;
Que, asimismo, el inciso ii), literal a), numeral 24.1 del artículo 24° de la citada 
Directiva dispone que una copia de su resolución y su anexo deben ser remitidas por la 
Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces en el Pliego, a la Dirección General de 
Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas en el plazo señalado en el 
respectivo Cuadro de Plazos, mediante oficio en formato físico o digital a través del Sistema 
de Gestión Documental Digital.
RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA 
OSINERGMIN Nº 113-2026-OS/GG
Que mediante Resolución Directoral Nº 0021-2025-EF/50.01, se aprobó el Cuadro de 
Plazos de la Fase de Ejecución Presupuestaria y los Clasificadores Presupuestarios para el 
Año Fiscal 2026, correspondiente a los pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales 
y Gobiernos Locales;
Que mediante Resolución Nº 15-2026-OS/GG, Nº 29-2026-OS/GG, N° 40-2026-OS/GG, 
N° 48-2026-OS/GG, N° 63-2026-OS/GG, N° 74 -2026-OS/GG y N° 96-2026-OS/GG se 
formalizaron las modificaciones presupuestarias efectuadas en el Nivel Funcional 
Programático mediante habilitaciones y anulaciones dentro de la Unidad Ejecutora 001- 
Osinergmin correspondiente al mes de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio 2026; 
Que conforme al Cuadro de Plazos de la Fase de Ejecución Presupuestaria para el 
año fiscal 2026, la Aprobación de las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional 
Programático dentro de una Unidad Ejecutora efectuadas en el mes de agosto 2026, tiene 
como plazo máximo de formalización el 10 de setiembre de 2026;
Que, de conformidad con lo establecido en la Resolución de Presidencia del Consejo 
Directivo N° 014-2012-OS/PRES del 31 de enero de 2012, el Presidente del Consejo Directivo 
delegó en el Gerente General, la facultad para aprobar las modificaciones presupuestarias 
en el Nivel Funcional Programático; 
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector 
Público para el Año Fiscal 2026; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema 
Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo N° 010-2016-PCM, que aprueba el 
Reglamento de Organización y Funciones del Osinergmin; la Directiva Nº 0001-2024-EF/50.01 
“Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, y sus modificatorias;
Con la conformidad de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, 
de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General;
SE RESUELVE:
Artículo 1°. - Formalizar las modificaciones presupuestarias efectuadas en el nivel 
funcional programático, dentro de la Unidad Ejecutora 001 - Osinergmin, correspondiente 
al mes de agosto 2026, conforme al Anexo que se adjunta a la presente Resolución.
Artículo 2°. – Precisar que la presente Resolución se sustenta en las “Notas para 
Modificación Presupuestaria”, emitidas por la Unidad Ejecutora 001 - Osinergmin durante el 
mes de agosto 2026.
Artículo 3°. – Disponer que copia de la presente Resolución sea remitida a la 
Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, dentro de 
los cinco (05) días calendario siguientes a su aprobación.
Regístrese y comuníquese.
«amperezm»
Alberto Pérez Morón
Gerente General

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