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SUNAFIL acepta la renuncia de Jesús Aparicio Nizama como gerente general

Resolución 188-2026-SUNAFIL · SUNAFIL · SUNAFIL · 3 de septiembre de 2026

Resolución de Superintendencia N.° 188-2026-SUNAFIL

Resumen

Concluye la designación en la Gerencia General, con último día en el puesto el 3 de septiembre de 2026; la resolución no designa reemplazo ni contiene cláusula de vigencia expresa.

A quién impacta

Empleadores y trabajadores sujetos a fiscalización laboral: informarse; el cambio no genera efectos directos ni plazos para ellos.

Fuente oficial: texto completo en SUNAFIL

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en SUNAFIL. El documento original es la única versión con valor legal.

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Resolución de Superintendencia
N° 000188 -2026-SUNAFIL 
Lima, 03 de Setiembre de 2026
VISTOS:
La Carta s/n, de fecha 21 de agosto de 2026, renuncia presentada por el señor Jesús 
Manuel Aparicio Nizama; el Memorándum N.° 208-2026-SUNAFIL/SP, de fecha 3 de 
septiembre de 2026, de Superintendencia; el Memorándum N.° 232-2026-SUNAFIL/GGOAJ, de fecha 3 de septiembre de 2026, de la Oficina de Asesoría Jurídica, demás 
antecedentes; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 29981 se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización 
Laboral - SUNAFIL, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Trabajo 
y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento 
del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como de 
brindar asistencia técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre 
dichas materias;
Que, el artículo 12° y el literal f) del artículo 13° de la Sección Primera del Reglamento de 
Organización y Funciones de la SUNAFIL, aprobada por Decreto Supremo N° 010-2022-TR, 
dispone que la Superintendencia es el órgano de Alta Dirección que ejerce la conducción 
general de los órganos y unidades orgánicas de la entidad y está a cargo del 
Superintendente que es la máxima autoridad ejecutiva de la SUNAFIL y el titular del Pliego 
Presupuestal, y tiene por función designar y remover a los directivos y/o servidores de 
confianza de la SUNAFIL;
Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 129-2026-SUNAFIL, publicada en el 
diario oficial “El Peruano”, se designó al señor Jesús Manuel Aparicio Nizama, en el puesto 
de Gerente General de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL;
puesto considerado de confianza, quien ha presentado su renuncia al puesto, por lo que 
corresponde aceptarla;
Con el visado de la Jefa de la Oficina de Recursos Humanos, del Jefe de la Oficina de 
Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29981, 
Ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL; y, su 
Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 010-2022-TR 
y por Resolución de Superintendencia N° 284-2022-SUNAFIL.
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SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por el señor JESÚS MANUEL APARICIO 
NIZAMA, al puesto de Gerente General de la Superintendencia Nacional de Fiscalización 
Laboral – SUNAFIL,siendo su último día en el puesto el 3 de septiembre de 2026; dándosele 
las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- Notificar la presente resolución a la persona mencionada en el artículo 
precedente, así como a la Oficina de Recursos Humanos, para las acciones que 
correspondan.
Artículo 3.- Notificar a la Unidad Funcional de Integridad Institucional, a efectos de 
que realice el seguimiento del cumplimiento de suscripción de las Declaraciones 
Juradas de Intereses en la oportunidad y en los plazos correspondientes.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital de la 
Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL (www.gob.pe/sunafil).
Regístrese y comuníquese.
_____________________________________________________________________________________
La impresión de este ejemplar es una copia auténtica de un documento electrónico archivado en la SUNAFIL, aplicando lo dispuesto por 
el Art. 25 del D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad 
pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web http://aplicativosweb5.sunafil.gob.pe/si.verificacionFirmaDigital/ e 
ingresando la siguiente clave: 5037736188449
Documento firmado digitalmente
EVELIN MIRELLA COLOMA CIEZA
SUPERINTENDENTE 
Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral
SUNAFIL

laboralsunafil

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