informativofinanciero

SMV inscribe la segunda emisión de bonos subordinados de Interseguro hasta US$ 50 millones

Resolución 053-2026-SMV/11.1 · SMV · SMV · 15 de septiembre de 2026

Resolución de Intendencia General de Supervisión de Conductas N.° 053-2026-SMV/11.1

Resumen

Registra además el Complemento del Prospecto Marco en el Registro Público del Mercado de Valores; la colocación puede efectuarse en un plazo improrrogable no mayor de tres años desde la inscripción.

A quién impacta

Interseguro: presentar a la SMV la documentación de los artículos 23 y 24 del Reglamento y mantenerla actualizada para colocar dentro del plazo de tres años.

Fuente oficial: texto completo en SMV

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en SMV. El documento original es la única versión con valor legal.

PERÚ Ministerio 
de Economía y Finanzas
 
SMV
Superintendencia del Mercado
de Valores
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
“Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia”
1
Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, su Reglamento y modificatorias. La integridad del documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en https://apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml
Resolución de Intendencia General SMV
Nº 053-2026-SMV/11.1
El Intendente General de Supervisión de Conductas
Vistos:
El expediente N° 2026040685, así como el Informe Interno 
N° 1448-2026-SMV/11.1 de la Intendencia General de Supervisión de Conductas de la 
Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados.
Considerando: 
Que, mediante escrito presentado el 08 de setiembre de 
2026, Interseguro Compañía de Seguros S.A. solicitó a la Superintendencia del Mercado 
de Valores – SMV la inscripción de los valores mobiliarios denominados «Segunda 
Emisión del Cuarto Programa de Bonos Subordinados Interseguro», hasta por un monto 
máximo en circulación de US$ 50,000,000.00 (Cincuenta Millones y 00/100 Dólares de 
los Estados Unidos de América), y el registro del Complemento del Prospecto Marco 
correspondiente, en el marco del «Cuarto Programa de Bonos Subordinados 
Interseguro», en el Registro Público del Mercado de Valores – RPMV;
Que, de la revisión efectuada en el marco de la solicitud a 
la que se contrae la presente resolución, se ha advertido que en Junta General de 
Accionistas de Interseguro Compañía de Seguros S.A., celebrada el 10 de julio de 2024, 
se aprobó, por unanimidad, el «Cuarto Programa de Bonos Subordinados Interseguro», 
hasta por el monto máximo en circulación de US$ 120’000,000.00 (Ciento Veinte 
Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en Soles; 
y, se facultó tanto al Directorio de la sociedad como a los señores Felipe Morris 
Guerinoni, Gonzalo Basadre Brazzini, Juan Carlos Motta Flores, y Claudia María 
Delgado Ehni, para que cualquiera de ellos, actuando individualmente y a sola firma, 
puedan determinar todos y cada uno de los términos, condiciones y características del 
programa y sus emisiones;
Que, mediante Resolución de Intendencia General SMV 
N° 055-2024-SMV/11.1 del 23 de octubre de 2024, en el marco de un trámite anticipado, 
se dispuso la inscripción del programa de emisión denominado «Cuarto Programa de 
Bonos Subordinados Interseguro», hasta por un monto máximo en circulación de 
US$ 120’000,000.00 (Ciento Veinte Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de 
América) o su equivalente en Soles, así como el registro del Prospecto Marco 
correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores;
Lima, 15 de setiembre de 2026
PERÚ Ministerio 
de Economía y Finanzas
 
SMV
Superintendencia del Mercado
de Valores
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
“Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia”
2
Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, su Reglamento y modificatorias. La integridad del documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en https://apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml
Que, teniendo en cuenta lo dispuesto por el Texto Único 
Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo N° 861, aprobado por 
Decreto Supremo N° 020-2023-EF; así como por el Reglamento de Oferta Pública 
Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-
1998-EF/94.10 y sus normas modificatorias y complementarias, Interseguro Compañía 
de Seguros S.A., representado por el señor Gonzalo Basadre Brazzini, ha presentado 
los requisitos de documentación e información para la inscripción de la «Segunda 
Emisión del Cuarto Programa de Bonos Subordinados Interseguro»;
Que, el artículo 7, numeral 6, de la Política sobre Difusión 
de Proyectos Normativos, Normas Legales de Carácter General, Agenda Temprana y 
Otros Actos Administrativos de la SMV, aprobada por Resolución SMV N° 014-2014-
SMV/01 y sus normas modificatorias, establece que las decisiones contenidas en 
resoluciones administrativas referidas a la inscripción de valores mobiliarios y el registro 
de los prospectos informativos correspondientes a los programas de emisión en el 
Registro Público del Mercado de Valores, deben ser objeto de difusión a través de la 
Página Institucional de la SMV en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para 
Orientación al Ciudadano (www.gob.pe/smv); y,
Estando a lo dispuesto por los artículos 58 y siguientes del 
Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores; así como por el artículo 46, 
numeral 6, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del 
Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF y sus 
modificatorias, que faculta a la Intendencia General de Supervisión de Conductas a 
disponer la inscripción de valores mobiliarios en el Registro Público del Mercado de 
Valores.
Resuelve:
Artículo 1°.- Disponer la inscripción de los valores 
mobiliarios denominados «Segunda Emisión del Cuarto Programa de Bonos 
Subordinados Interseguro», hasta por un monto máximo en circulación de 
US$ 50,000,000.00 (Cincuenta Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de 
América), así como el registro del Complemento del Prospecto Marco correspondiente 
en el Registro Público del Mercado de Valores.
Artículo 2°.- La oferta pública de los valores a que se 
refiere el artículo 1° de la presente resolución deberá efectuarse con sujeción a lo 
dispuesto por los artículos 25 y 29 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta 
de Valores Mobiliarios. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a la 
Superintendencia del Mercado de Valores – SMV la documentación e información a que 
se refieren los artículos 23 y 24 del mencionado reglamento.
La colocación de los valores se podrá efectuar en un plazo 
improrrogable que no excederá de tres (3) años, contado a partir de la fecha de su 
inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores, siempre y cuando los plazos 
del programa y del trámite anticipado no hayan culminado, y la información y
documentación correspondiente se encuentren debidamente actualizadas.
Artículo 3°.- La inscripción de los valores a los que se 
refiere el artículo 1° de la presente resolución no ha supuesto actividades administrativas 
de constatación, ni inspección, ni de auditoría de la información presentada, ni un 
PERÚ Ministerio 
de Economía y Finanzas
 
SMV
Superintendencia del Mercado
de Valores
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
“Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia”
3
Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, su Reglamento y modificatorias. La integridad del documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en https://apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml
examen de la situación económico – financiera del emisor y no implica una certificación 
por parte de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV sobre su bondad, la 
solvencia del emisor, ni sobre los riesgos del valor o de la oferta; siendo el emisor el 
responsable por la veracidad de la información presentada al mercado, de conformidad 
con lo dispuesto por los artículos 13, 21 y 24 del Texto Único Ordenado de la Ley del 
Mercado de Valores.
Asimismo, la inscripción de los valores y el registro de su 
respectivo Complemento del Prospecto Marco no implican que la Superintendencia del 
Mercado de Valores recomiende la inversión en los mismos u opine favorablemente 
sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e información para una evaluación 
complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del 
Mercado de Valores.
Artículo 4°.- Difundir la presente resolución en la Página 
Institucional de la Superintendencia del Mercado de Valores en la Plataforma Digital 
Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe/smv).
Artículo 5°.- Transcribir la presente resolución a 
Interseguro Compañía de Seguros S.A., en calidad de emisor y entidad estructuradora; 
a Inteligo Sociedad Agente de Bolsa S.A., en calidad de agente colocador; a Banco de 
Crédito del Perú, en calidad de Representante de los Obligacionistas; a la Bolsa de 
Valores de Lima S.A.; y, a CAVALI S.A. I.C.L.V. 
Regístrese, comuníquese y difúndase.
Alix Godos
Intendente General
Intendencia General de Supervisión de Conductas

smvsupervisión de conductas

Normas relacionadas

informativofinancieroSMV

SMV inscribe cambios al Reglamento de Participación de los fondos mutuos de Grupo Coril SAF

Resolución 144-2026-SMV/10.2 · SMV

Las modificaciones alcanzan a todos los fondos mutuos de inversión en valores de la administradora y versan principalmente sobre la suscripción de cuotas mediante cargo en la cuenta del partícipe en el agente colocador. Entran en vigencia el 6 de octubre de 2026.

informativofinancieroSMV

SMV excluye del Registro Público del Mercado de Valores al fondo Andean Crown Global Investments

Resolución 143-2026-SMV/10.2 · SMV

Atiende la solicitud de su sociedad administradora, que declaró que el fondo, inscrito el 19 de agosto de 2026, no cuenta con partícipes. No contiene cláusula de vigencia expresa; está fechada el 17 de setiembre de 2026.

informativofinancieroSMV

SMV actualiza su Registro de Contratación Directa con el Ejecutivo de la Unidad de Finanzas

Resolución 015-2026-SMV/08.2 · SMV

La sección de servidores de confianza incorpora a Jorge Luis Quiroz Gomero, designado en el puesto CA40077, conforme al Anexo publicado en los portales institucionales. No contiene cláusula de vigencia expresa.

informativofinancieroSMV

SMV inscribe cambios en los fondos mutuos Andean Crown Cash Plus Dólares y Soles

Resolución 139-2026-SMV/10.2 · SMV

Las modificaciones al prospecto simplificado y anexo del reglamento de participación abarcan series de cuotas, política de inversiones, comisión unificada, suscripción inicial y saldo mínimo, y eliminan el plazo mínimo de permanencia; rigen el 01 de octubre de 2026.

informativofinancieroSMV

SMV autoriza modificar el programa "Pandero C-4" y su contrato de administración

Resolución 140-2026-SMV/10.2 · SMV

Las modificaciones, que se inscriben en el Registro Especial de Otras Entidades, rigen al día hábil siguiente de la comunicación prevista en el artículo 32 del Reglamento del Sistema de Fondos Colectivos y aplican solo a grupos formados después.