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SMV aprueba inscribir cambios en el fondo Credicorp Capital Conservador Liquidez Dólares FMIV

Resolución 131-2026-SMV/10.2 · SMV · SMV · 7 de septiembre de 2026

Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades N.° 131-2026-SMV/10.2

Resumen

La modificación del anexo del reglamento de participación y del prospecto simplificado incluye nueva serie, cambios en la comisión unificada y precisiones en la asignación del valor cuota, entre otras. Entra en vigencia el 21 de setiembre de 2026.

A quién impacta

Partícipes del fondo: informarse de las condiciones modificadas del reglamento de participación y del prospecto, a las que quedan sujetos desde el 21 de setiembre de 2026.

Fuente oficial: texto completo en SMV

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en SMV. El documento original es la única versión con valor legal.

PERÚ Ministerio 
de Economía y Finanzas
 
SMV
Superintendencia del Mercado
de Valores
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
“Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia”
Página 1 de 2
Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, su Reglamento y modificatorias. La integridad del documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en https://apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml
Resolución de Intendencia General de Supervisión 
de Entidades
Nº 131-2026-SMV/10.2
Lima, 07 de setiembre de 2026
El Intendente General de Supervisión de Entidades
VISTOS:
El Expediente N° 2026033109 iniciado por Credicorp 
Capital S.A. Sociedad Administradora de Fondos, así como el Informe N° 1379-2026-
SMV/10.2 de la Intendencia General de Supervisión de Entidades de la 
Superintendencia del Mercado de Valores;
 CONSIDERANDO:
Que, mediante escritos presentados hasta el 3 de 
setiembre de 2026, Credicorp Capital S.A. Sociedad Administradora de Fondos solicitó 
a la Superintendencia del Mercado de Valores la inscripción de modificaciones al anexo 
del reglamento de participación y prospecto simplificado del fondo mutuo de inversión 
en valores denominado “Credicorp Capital Conservador Liquidez Dólares FMIV”, en el 
Registro Público del Mercado de Valores;
Que, las modificaciones materia de la solicitud se 
encuentran referidas a la creación de una nueva serie, cambios en la comisión unificada
y precisiones en la asignación del valor cuota, entre otras;
Que, de la evaluación de la información y documentación
presentada, se ha determinado que Credicorp Capital S.A. Sociedad Administradora de 
Fondos cumple con lo dispuesto en: (i) el artículo 55 del Reglamento de Fondos Mutuos 
de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución 
Conasev N° 068-2010-EF/94.01.1 y sus modificatorias; y, (ii) el Texto Único de 
Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del Mercado de Valores, 
aprobado por Decreto Supremo N° 115-2025-EF, conforme se desarrolla en el Informe 
N° 1379-2026-SMV/10.2; y,
Estando a lo dispuesto por el artículo 38, numeral 6 del 
Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de
Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216- 2011-EF y sus modificatorias;
RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la inscripción de la modificación del 
anexo del reglamento de participación y prospecto simplificado del fondo mutuo de 
inversión en valores denominado “Credicorp Capital Conservador Liquidez Dólares
FMIV”, en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores.
PERÚ Ministerio 
de Economía y Finanzas
 
SMV
Superintendencia del Mercado
de Valores
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
“Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia”
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Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, su Reglamento y modificatorias. La integridad del documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en https://apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml
Artículo 2°.- La modificación del anexo del reglamento de 
participación y prospecto simplificado del fondo mutuo señalado en el artículo 1° de la 
presente resolución, entrará en vigencia el 21 de setiembre de 2026.
Artículo 3º.- Disponer la difusión de la presente resolución 
en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores 
(www.gob.pe/smv).
Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución a Credicorp 
Capital S.A. Sociedad Administradora de Fondos y a Banco de Crédito del Perú, en su 
condición de custodio.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Armando Manco Manco
Intendente General 
Intendencia General de Supervisión de Entidades

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