Texto extraído de la publicación oficial en SMV. El documento original es la única versión con valor legal.
PERÚ Ministerio
de Economía y Finanzas
SMV
Superintendencia del Mercado
de Valores
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
“Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia”
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Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, su Reglamento y modificatorias. La integridad del documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en https://apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml
Resolución de Intendencia General de Supervisión
de Entidades
Nº 132-2026-SMV/10.2
Lima, 07 de setiembre de 2026
El Intendente General de Supervisión de Entidades
VISTOS:
El Expediente N° 2026033112 iniciado por Credicorp
Capital S.A. Sociedad Administradora de Fondos, así como el Informe N° 1380-2026-
SMV/10.2 de la Intendencia General de Supervisión de Entidades de la
Superintendencia del Mercado de Valores;
CONSIDERANDO:
Que, mediante escritos presentados hasta el 3 de
setiembre de 2026, Credicorp Capital S.A. Sociedad Administradora de Fondos solicitó
a la Superintendencia del Mercado de Valores la inscripción de modificaciones al anexo
del reglamento de participación y prospecto simplificado del fondo mutuo de inversión
en valores denominado “Fondo de Fondos Credicorp Capital Conservador Mediano
Plazo Dólares FMIV”, en el Registro Público del Mercado de Valores;
Que, las modificaciones materia de la solicitud se
encuentran referidas a la creación de una nueva serie y precisiones en la asignación del
valor cuota, entre otras;
Que, de la evaluación de la información y documentación
presentada, se ha determinado que Credicorp Capital S.A. Sociedad Administradora de
Fondos cumple con lo dispuesto en: (i) el artículo 55 del Reglamento de Fondos Mutuos
de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución
Conasev N° 068-2010-EF/94.01.1 y sus modificatorias; y, (ii) el Texto Único de
Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del Mercado de Valores,
aprobado por Decreto Supremo N° 115-2025-EF, conforme se desarrolla en el Informe
N° 1380-2026-SMV/10.2; y,
Estando a lo dispuesto por el artículo 38, numeral 6 del
Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de
Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216- 2011-EF y sus modificatorias;
RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la inscripción de la modificación del
anexo del reglamento de participación y prospecto simplificado del fondo mutuo de
inversión en valores denominado “Fondo de Fondos Credicorp Capital Conservador
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Mediano Plazo Dólares FMIV”, en la sección correspondiente del Registro Público del
Mercado de Valores.
Artículo 2°.- La modificación del anexo del reglamento de
participación y prospecto simplificado del fondo mutuo señalado en el artículo 1° de la
presente resolución, entrará en vigencia el 21 de setiembre de 2026.
Artículo 3º.- Disponer la difusión de la presente resolución
en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores
(www.gob.pe/smv).
Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución a Credicorp
Capital S.A. Sociedad Administradora de Fondos y a Banco de Crédito del Perú, en su
condición de custodio.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Armando Manco Manco
Intendente General
Intendencia General de Supervisión de Entidades